Chile: Nutricom ADN, acaso el juicio del siglo (que se calla o acallan)

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Rodolfo Novakovic.*

Sobre 30 niños y adultos, padecientes en hospitales y clínicas o en sus hogares, murieron por causa del alimento que debía proteger sus vidas. El escándalo médico y comercial estalló a mediados de 2008; las acciones continúan. Pero no se trata solo de reparar el mal causado a las familias de los occsisos. Se trata de un colosal escándalo que atraviesa fronteras y probablemente va más allá del malhadado Nutricom ADN. He aquí una aproximación a los hechos.

Debido a que, con fecha 9 de octubre de 2009, se interpuso querella criminal por los delitos de asociación ilícita, falsificación ideológica de instrumentos públicos, prevaricación, obstrucción a la investigación, entre otros, en contra de las autoridades de salud, y fiscales relacionados con el denominado "Caso ADN", asignándole el Juzgado de San Bernardo el RIT 10.778-2009; mientras se investigan las posibles vinculaciones de las empresas Watt’s S.A. y B. Braun Medical S.A., elaboradoras del alimento enteral Nutricomp ADN, con la ahora extinta empresa Importaciones y Exportaciones Koral Ltda., la abogada Ruzy N. Mitrovic (abajo, der.), consideró necesario formular algunas declaraciones que precisan el entorno de su acción. Se ha elegido la fórmula pregunta-respuesta para facilitar la lectura y comprensión de un asunto inevitablemente tan complejo como dramático

Primera pregunta: ¿Cómo justifica usted que su perito Rodolfo Novakovic sin ser médico se entrometa en temas estrictamente médicos y clínicos? ¿No cree que esta actitud le resta seriedad a la investigación y pone en tela de juicio sus resultados? ¿Podría iniciar esta conversación exponiendo sus fundamentos?

–Antes de exponer los fundamentos que dicen relación a la presentación de este recurso,  quiero dejar en claro que desde el año pasado me opomgo a la investigación de la Fiscalía de San Bernardo no porque la formalización de los imputados adolezca de problemas en cuanto a la forma, sino porque sistemáticamente el Ministerio Público se ha negado a concederme las diligencias tendientes a conocer el problema de fondo.

"Es por tanto, que ahí, en el problema de fondo, donde deseo hacer hincapié en mis fundamentos. Una democracia sana exige también de ciudadanos que den buen ejemplo no sólo cumpliendo con las leyes establecidas sino que sirviendo a su comunidad y protegiendo el medio ambiente, cuidando además celosamente que cada entidad pública y privada se rija y cumpla con el rol, el giro y la iniciación de actividades que para ella ha sido autorizada.

"De esta forma, el ciudadano responsable, así como no puede permitir que una empresa con giro en el área automotriz se dedique a la elaboración de fármacos, tampoco puede permitir que una entidad pública tal como un Ministerio de Salud, o un Seremi de Salud, o un Instituto de Salud Pública, teniendo profesionales que se suponen idóneos, no realicen los informes competentes ni sepan responder claramente a las interrogantes que la comunidad les ha solicitado, y que además, forma parte de sus tareas.

"En una democracia sana, por último, cada área y especialidad está perfectamente delimitada, de modo que un médico pediatra no enseñará trigonometría y tampoco un físico o un químico efectuarán diagnósticos médicos ni evaluarán pacientes, ni menos corregirán a profesionales de la salud en materia que se supone de la especialización de estos últimos. De suceder, esto implica tácitamente una pérdida de confianza en el sistema y los ciudadanos deben organizarse para procurar que las instituciones funcionen.

"Comportarse como un ciudadano modelo entraña los siguientes aspectos: a) respeto de las normas y leyes de la sociedad; b) conocimiento de las cuestiones y puntos de vista de los demás; y c) participación en la sociedad debatiendo los temas que afectan al resto de los conciudadanos.

"Así entonces, en una democracia sana, el respeto tanto a las leyes como de los derechos de los conciudadanos es una de las responsabilidades del ciudadano modelo. Dicho de una forma simple, cuando “el Estado le teme al pueblo, eso es democracia”, pero cuando “el pueblo le teme al Estado, eso es tiranía”.

"Dicho lo anterior, deseo explayarme brevemente sobre las causas que llevaron a que yo fuese separada, por la fiscal Marisa Navarrete Novoa, de la línea investigativa que ha llevado desde enero de 2008 el Ministerio Público. Es sabido que los organismos del Estado, llámense Ministerio de Salud, Instituto de Salud Pública, Servicio Agrícola y Ganadero, Seremi de Salud, debieran por ley poseer la implementación técnica y equipamiento científico para analizar la composición del cien por ciento de los ingredientes que constituyen un alimento en polvo o un alimento líquido reconstituido, sobre todo de aquellos que, año a año, figuran registrados como complementos y suplementos alimenticios en los Vademecum de Especialidades Médicas y Farmacéuticas.

"Ello implica que, al menos desde el año 2002, cuando se otorgaron presuntamente grandes cantidades de dinero para que los laboratorios de las entidades públicas acreditaran y certificaran cada una de sus técnicas, cada una de las cuatro entidades nombradas debiera estar al menos en condiciones de analizar químicamente los compuestos básicos que conforman un alimento, esto es, proteínas, grasas, carbohidratos, vitaminas, minerales, osmolaridad del alimento reconstituido, etc. Estos exámenes son los básicos y generales que los laboratorios del Seremi de Salud, del ISP, del SAG y del Ministerio de Salud, debieran tener a disposición del público para cualquier alimento o producto.

"Adicionalmente, y dado que los alimentos, además de su composición básica, pueden tener otros componentes que no aparecen ni en las concentraciones típicas de los alimentos, o que por estar modificadas, contienen ingredientes distintos a los ya mencionados (tales como bifidobacterias, estreptococos termófilus, etc.) al menos el ISP debiera tener el equipamiento necesario para analizar cualitativa y cuantitativamente ingredientes como carbohidratos no digeribles (prebióticos) así como bacterias y otros lactobacilos (probióticos), otorgando al producto en sí un número ISP que lo acredite como tal, determinando que las cantidades de dichas sustancias no sobrepasen los límites permitidos o que puedan poner en riesgo la salud humana.

"Y finalmente, si debido a la acción de grupos terroristas o por efectos de negligencia de las empresas fabricantes e importadoras, los alimentos resultan con agregados tóxicos, contaminantes químicos, aceites industriales, etc., se esperaría que al menos desde el año 2005 el ISP y los restantes organismos dispusiesen de equipamiento técnico y químico para detectar variadas toxinas, diuréticos, aminoglucósidos, o cualquier otra sustancia ajena al alimento. De esta manera, si un laboratorio puede “lo más”, significa que también puede “lo menos”. Y para este caso “lo menos” para el ISP, el SAG, el Minsal, y los laboratorios del Seremi de Salud, corresponde a un análisis cualitativo y cuantitativo de grasas, proteínas, carbohidratos, minerales y vitaminas, que forman parte de un alimento cualquiera; en tanto que “lo más” para dichas entidades públicas sería la detección de sustancias ajenas y tóxicas presentes en los alimentos, tales como diuréticos, hidroclorotiazida, u otros componentes más específicos del área clínica como lo son la heparina, etc.

"En una democracia sana resultaría extraño, para no decir sospechoso, que estos laboratorios u otros laboratorios privados asociados, pudiesen detectar sustancias específicas (“lo más”), para las que se necesitan estándares precisos, sin que dichas entidades pudiesen detectar los componentes básicos de un alimento (“lo menos”).

"Deseo detenerme un poco, porque aunque parezca increíble, luego de más de un año de trabajo, hemos podido constatar con el perito Novakovic, y por tanto decir con responsabilidad, que no existen en Chile laboratorios públicos ni privados que puedan realizar “lo menos”, esto es, analizar cualitativa ni cuantitativamente, ni acreditar, la presencia de grasas, proteínas, carbohidratos, vitaminas, minerales, ni la osmolaridad de un alimento en polvo o líquido cualquiera. Sin embargo, estos mismos laboratorios han informado, al Ministerio Público que en alimentos y en muestras extraídas de hospitales, pueden ellos acreditar o descartar la presencia de sustancias tan específicas como hidroclorotiazida o heparina (“que es lo más”) sin que hasta ahora se verifique la acreditación de tales laboratorios (como sucedió con las muestras de alimento Nutricomp ADN conteniendo hidroclorotiazida en la Clínica Los Coigües, o con las muestras con heparina del Hospital Félix Bulnes, que derivó en las controvertidas declaraciones y ataques mutuos entre las directoras del ISP y el laboratorio de capitales norteamericanos Servitox).

"Si estas entidades pueden lo más, ¿por qué ellas no pueden lo menos?. Y si no tienen la capacidad técnica para cumplir lo menos, ¿cómo sabían todas estas entidades y autoridades dónde buscar sustancias tan específicas para cumplir lo más?

"Tal es el caso del alimento Nutricomp ADN. Cuando en junio de 2008 le hice presente a la fiscal Marisa Navarrete Novoa, fiscal de San Bernardo, la importancia de que el Servicio Nacional de Aduanas informara sobre los documentos para la importación y exportación de estos alimentos elaborados tanto por Watt’s S.A. como por B. Braun Medical, ella desechó esta diligencia argumentando que no le interesaban las exportaciones ni las importaciones del mencionado producto, aún cuando luego demostramos que ni el ISP, ni el Ministerio de Salud, ni el Seremi de Salud, ni el SAG, y ahora último Aduana, tenían conocimiento alguno de que estos productos eran enviados a otras naciones, como por ejemplo, Rusia y República Checa.

"Y aún cuando acompañé copia de los expedientes de las causas civiles que se ventilaron en los juzgados 1°, 8° y 30° de Santiago, donde se comprobaban todos estos hechos, y que la empresa Watt’s era tan responsable como B. Braun Medical, la señora Marisa Navarrete decidió separarme de la causa principal 1185-2008, asignándome un RIT nuevo, la 13042-2008, sin que hasta la fecha el Ministerio Público haya cumplido con diligencias tan básicas como lo es un análisis cualitativo y cuantitativo de la composición básica de la línea de alimentos Nutricomp ADN".

Pregunta 2: ¿Cuál ha sido el fundamento principal de Fiscalía de San Bernardo para formalizar a los ejecutivos de B. Braun Medical S.A.?

–El fundamento legal de Fiscalía de San Bernardo para formalizar a los ejecutivos de B. Braun Medical S.A., ha sido el que presuntamente ha informado pericialmente el Dr. Oscar Enrique Paris Mancilla, Director del Centro de Investigaciones Toxicológicas de la Universidad Católica (CITUC), en cuanto a que “fue la merma de potasio, respecto de su valor rotulado, en el alimento ADN lo que provocó las hipokalemias entre los consumidores”, lo cual no ha sido informado por escrito ni certificado, hasta la fecha, ni por el mismo Dr. Paris, ni por el Seremi de Salud, Dr. Mauricio Osorio, quien entabló la denuncia formal el 31 de enero de 2008.

"En efecto, el propio abogado Battaglia, defendiendo a la empresa B. Braun Medical en reclamo interpuesto ante el 1er. Juzgado Civil de Santiago, desafía abiertamente, en marzo de 2008, al Seremi de Salud a que proporcione por escrito un informe donde demuestre fehacientemente “la existencia de una vinculación entre la menor cantidad de potasio en el alimento ADN y los cuadros clínicos de hipokalemia experimentados por los consumidores”. Es preciso señalar en todos los ámbitos que hasta la fecha, el Seremi de Salud no ha proporcionado, luego de más de un año y medio, dicho informe, como tampoco el Dr. Oscar Paris ha acompañado una descripción completa (como lo señala el abogado Ciro Colombara en su querella, representando a la familia del pequeño Maximiliano Trey) de la composición total del alimento Nutricomp ADN.

"¿Cómo el Dr. Oscar Paris y el Seremi de Salud, y el Ministro de Salud, y restantes autoridades, sostienen que el alimento sólo estaba bajo en potasio, si no poseen un análisis químico de la composición del restante 99% del alimento? Nuevamente cabe la pregunta, ¿cómo pudieron lo más y no pueden lo menos?"

Pregunta 3: ¿Podría ser más específica?. ¿Señala usted, y se deduce de su planteamiento, que el alimento Nutricomp ADN no estaba bajo en potasio, y que en todo caso, no fue la falta de este mineral el que provocó los cuadros de hipokalemia entre los consumidores?

–Las autoridades de salud, el Ministerio Público y hasta el Dr. Oscar Paris, han sólo destacado el cuadro de hipokalemia, como que ésta fuese una sintomatología aislada o única vista en los pacientes; versión que cualquiera de los médicos tratantes puede desmentir. Desde un punto de vista clínico –y así lo menciona el señor Novakovic en el único informe pericial existente hasta el momento–, la Hipokalemia aparece como un estímulo fisiológico y como respuesta a otros cuadros iniciales, y no como una enfermedad, ni “un brote” como lo ha expuesto el Seremi de Salud, Dr. Mauricio Osorio. "La Hipokalemia tiende a aparecer como respuesta a problemas respiratorios o a desequilibrios en el pH de la sangre. Cualquier médico dirá que un problema de ingesta insuficiente de Potasio (K) es relativamente fácil de diagnosticar, porque el pH de la sangre del paciente se mantiene dentro de un valor normal, es decir, en un equilibro ácido-base, al tiempo que la cantidad de potasio en la orina (llamada Potasuria) tiende a disminuir en un valor por debajo de los 20 miliequivalentes por litro de orina.

"Entonces, si un médico observa que el potasio en la orina es inferior al valor ya mencionado, y al mismo tiempo, verifica que el pH del paciente se mantiene en valor normal (entre 7.35 y 7.45) diagnostica que las causas pueden ser una ingesta inadecuada de potasio, un problema de Anorexia Nerviosa, o bien un problema de Sudoración Excesiva. Ahora, si el médico o profesional médico detecta un pH sistémico (en la sangre del paciente) totalmente dentro de lo normal, pero con una cantidad de potasio urinario (potasuria) superior a los 20 miliequivalentes por litro de orina, el diagnóstico también es claro: Síndrome de Fanconi, nefropatía perdedora de sal, Fase Diurética de NTA o Postobstructiva, Leucemia, o Drogas.

"No obstante, los médicos (salvo extrañamente aquellos que trabajaban en la Clínica Los Coigües, de capitales norteamericanos, donde el laboratorio privado Servitox, también de capitales norteamericanos, detectó hidroclorotiazida, un diurético eliminador de potasio) no observaron en sus pacientes pérdidas de potasio por vías gastrointestinales ni por las vías renales, aunque sí observaron como primer cuadro clínico alcalosis metabólica (pH desbalanceado, con valores por sobre el normal), lo que luego de los análisis arrojó como respuesta, a dicha alcalosis metabólica, un cuadro de hipokalemia severa (bajas notorias de potasio en la sangre).

"Una persona normal tiene una cantidad de potasio plasmático (sanguíneo) entre 3.5 a 5.2 miliequivalentes por litro de sangre, aproximadamente. Sin embargo, y aunque los médicos no detectaron un aumento o disminución de potasio en la orina (potasuria) ni un cambio en la diuresis (cantidad de orina excretada) en los pacientes, éstos presentaban un ph alcalino, superior y fuera del valor normal que se da para los casos de ingesta insuficiente de potasio, lo que se sumaba a otros síntomas como Hipofosfatemia, Distensión Abdominal, Hipocalcemias, Fecalomas, etc., todos cuadros que no se condicen con las enfermedades de base asociadas a los consumidores de este alimento.

"En resumen: si los pacientes hubiesen presentado hipokalemias debido a que el alimento Nutricomp ADN estaba bajo en potasio, los médicos habrían detectado una concentración de potasio urinario por debajo del valor normal (20 miliequivalentes por litro de orina), todo esto a un pH sanguíneo normal, es decir, en equilibrio. En cambio, en los consumidores del alimento Nutricomp ADN no se vio alteración en la concentración de potasio urinario, pero sí un desequilibrio del pH, mostrando un cuadro de alcalosis metabólica que llevó al organismo a conducir el potasio extracelular hacia el interior de las células, lo cual provoca hipokalemia por un problema de redistribución del potasio, y no por falta de éste en la dieta.

"¿Por qué entonces, las autoridades de salud, el Ministerio Público, y el propio Dr. Oscar Paris Mancilla, se apresuraron a diagnosticar que era la falta de potasio en el alimento ADN lo que había provocado las hipokalemias, si ninguno de ellos, hasta la fecha, posee análisis químicos certificados y acreditados que demuestren siquiera la composición básica del producto?

"Y por otro lado, si el Potasio constituye sólo un 0.6% del alimento, ¿por qué se ha evitado analizar el restante 99.4% de la composición de Nutricomp ADN? ¿Cómo sabían todos ellos que era la merma de potasio en el alimento el causante de la merma de potasio en la sangre, si los síntomas clínicos no correspondían a un problema de ingesta? ¿Por qué el Ministerio Público desde un comienzo desechó nuestra postura, la única seria, si dichos fiscales adolecen de informes periciales químicos y clínicos que avalen su posición, tal como el abogado Battaglia se lo hizo ver a tribunales civiles de Santiago, respecto de las acusaciones y multas aplicadas por el Seremi de Salud R.M?

"¿Por qué Seremi de Salud, desde inicios de febrero de 2008, no ha podido sostener técnicamente su acusación, ni proporcionar ante los tribunales del 1° y 30° civil de Santiago, y ante el de San Bernardo, un informe médico y químico que demuestre fehacientemente la vinculación entre la merma de potasio en el alimento ADN y los cuadros de Hipokalemia experimentada por los consumidores?"

Pregunta 4: Si, según usted y el perito científico, no fue la falta de potasio la que provocó los cuadros de Hipokalemia, ¿qué ingrediente o compuesto fue lo que provocó dichos cuadros?

–Vuelvo a insistir: el cuadro de hipokalemia es un cuadro secundario a otros síntomas primarios, de modo que constituye un error centrar la observación sólo él. Pero puedo señalarle lo siguiente: ni Aduana, ni el SAG, ni el ISP, ni el propio Ministerio de Salud poseen certificados sobre la trazabilidad de los alimentos ADN como tampoco poseen documentos que prueben la salida o entrada de los mismos, con lo que podemos concluir primeramente que, cualquier “cosa”, dicho literalmente, pudo haber sido puesta al interior de estos tarros.

"En la internet se puede encontrar un documento en ruso, en el que la farmacia Belyy Lotos, distribuidora de alimentos enterales para los hospitales, con domicilio en Moscú, correo electrónico: info@hospitalfood.ru, certifica que seis líneas de los productos Nutricomp ADN de la empresa chilena B. Braun Medical S.A., son distribuidos entre hospitales para pacientes diabéticos, embarazadas, con enfermedad de Crohn, oncológicos e insulínicos; todo lo cual resulta extraño, puesto que en Chile las entidades públicas antes mencionadas desconocen la composición del alimento, así como dicen desconocer que éstos eran exportados.

"Por tanto, si no se conoce la composición de los ingredientes del alimento ADN y no se conocen los puertos chilenos por donde salían, ni la documentación aduanera, ello implica sólo una cosa: el alimento Nutricomp ADN era exportado, tanto por Watt’s como por B. Braun Medical, como un alimento de contrabando, y por tanto cualquier sustancia tóxica, o ingredientes desconocidos pudo tener cabida dentro de estos envases.

"Sin embargo, debido a que los ingredientes nuevos, que en tarros de Watt’s y de B. Braun Medical figuraban, no eran mencionados en los Vademecum de Especialidades Médicas y Farmacéuticas, y coincidiendo con el cambio de grasas (certificados hasta por médicos del Hospital Sótero del Río como la Dra. Sylvia Ibáñez), existe la posibilidad que junto a cantidad de prebiótico no identificado ni cualitativa ni cuantitativamente, sucediesen otros dos cambios:
a) se agregó cantidad indiscriminada de triglicéridos de cadena media (MCT oils) de la marca Delios, elaborada por la empresa alemana Cognis GmbH y distribuida por las empresas Fortitech y Blumos, o bien
b) se adicionaron, por error o con premeditación, aceites industriales (como sucedió en España en 1981) que tenían siglas parecidas, MCT oils, elaborados también por la misma empresa Cognis GmbH y distribuidos en Chile también por Blumos.

"Se podrían objetar estas aseveraciones, aparentemente intrépidas, pero si analizamos los actuales nuevos síntomas que han ido en aumento entre los ex-consumidores del alimento, y las secuelas en la musculatura y los problemas cerebrovasculares que presentan dichos pacientes, y si dichas secuelas se comparan a aquellos españoles que consumieron aceites industriales en Madrid, a partir del primero de mayo de 1981, en el caso conocido como SAT (síndrome del aceite tóxico), vemos que existe un paralelismo entre la sintomatología entre uno y otro caso, que presuntamente, y dado los enlaces y conocimientos internacionales, Chile debió haber considerado e iniciado su estudio comparado a partir de enero de 2008.

"Pero hasta la fecha ni el Instituto Médico Legal ni los organismos de salud han evaluado clínicamente a los pacientes, mientras que el Ministerio Público nos ha denegado las diligencias en este sentido. Adicionalmente, si en la España de los años 80 se necesitaron más de 200 peritos y la ayuda de la OMS internacional, comandada por el Dr. Richard Döll, no nos es posible comprender que Chile y la comunidad médica internacional no se hayan interesado en estudiar los antecedentes respecto de los consumidores del alimento Nutricomp ADN.

"En efecto, no porque la mayoría de esos pacientes hayan sido seres humanos con patologías asociadas, y dada la sintomatología descrita en el informe pericial en nuestsro poder, no podemos dejar a este sector más vulnerable en la indefensión y en la impunidad. Hasta ahora las empresas querelladas y las autoridades de salud han declarado en contra de la posición planteada por el señor Novakovic y por esta abogada, pero no han efectuado los exámenes químicos mínimos, ni los informes periciales correspondientes, habiendo con nuestro trabajo solitario demostrado ante los tribunales que el alimento ADN no estaba certificado por nadie; nadie conocía su composición mediante informes o certificados acreditados; nadie entre las autoridades sabía que éste era exportado, tampoco el Servicio de Aduanas de Chile…

"¿Cómo se pretende, entonces que creamos de buena fe, y sin haber efectuado las Auditorias Contables y Administrativas, lo que Watt’s, B. Braun Medical, y las autoridades de salud nos dicen, si sus propios hechos y declaraciones los condenan?

 "¿Cómo podemos confiar en nuestras autoridades si quienes dicen defender nuestros intereses no tienen ni el más mínimo informe, análisis certificado, no habiendo acreditado el 100% de la composición del producto, lo que se suma a la falta de documentación aduanera y certificados de exportación de los mismos?

"¿Cómo pudo tanto tiempo distribuirse este producto en hospitales, farmacias, centros de salud, más los restantes países, donde no sabemos hasta ahora los estragos que este dañino alimento provocó, sin que nadie, hasta nuestra presente investigación, demostrase que Nutricomp ADN era un producto de contrabando?

Pregunta 5: Llama la atención que usted, en lugar de iniciar sus querellas contra Watt´s, contra Carey y el resto de las empresas, por medio de las madres de los hijos directamente afectados por el alimento Nutricomp ADN, haya iniciado dichas causas por medio de su perito, quien además de no ser directamente interviniente, no es médico de profesión, o profesional afín con el tema que nos concierne. ¿Qué responde a este mecanismo, o a esta estrategia, por usted utilizada?

–Agradezco la oportunidad de responder esta pregunta. Como decía al comienzo, en una democracia sana y seria, cada una de las entidades y profesionales que posee el Estado cumple con las funciones para las cuales ha sido designado. Pero en una democracia enferma, donde parece que la ley no se aplica con la misma igualdad para todos, es un requisito el que ciudadanos profesionales, con capacidad investigativa, puedan asumir las funciones que no han querido asumir nuestra Policía de Investigaciones, o los propios fiscales.

Y es así como solicité al señor Novakovic que me ayudase (dada su experiencia en otras auditorías efectuadas en empresas privadas y públicas y dados sus estudios realizados en el área de la física médica) a dilucidar las verdaderas causas que provocaron la sintomatología clínica experimentada por los consumidores de este alimento denominado Nutricomp ADN. Todos comprenderán que, dado lo complejo del tema y dada la inexistencia de peritos serios designados por el Ministerio Público, no hubo más opción. 

Mi propio perito, luego de darse cuenta de la inexistencia de laboratorios debidamente acreditados para analizar micro y macro nutrientes del alimento, y notando que él mismo y sus familiares más cercanos pudiesen en el futuro ser víctimas de alimentos contaminados o de contrabando, presentara denuncia ante la fiscal Navarrete, sobre la cual, hasta la fecha, no se ha pronunciado, obligándolo a él a presentar una denuncia en contra de doña Marisa, la cual también fue desestimada por el fiscal de la VI Región.

"De esta manera, y convirtiéndose no sólo el perito sino en accionista de la empresa Wat’s S.A., pudo detectar una serie de irregularidades, como el hecho de que la producción y elaboración del alimento Nutricomp ADN no era informada en los balances y memorias anuales de la empresa, y se enteró de las declaraciones de la gerencia general de Wat’s en el sentido que a ellos, como compañía, nunca les ha convenido elaborar alimentos o productos para terceros, puesto que ellos mismos tienen la infraestructura técnica y comercial para poner directamente y vender un producto tanto en el mercado nacional como en el externo.

"Aun así, y en virtud de las propias declaraciones de la gerencia general de Watt’s, en el sentido que nunca le convino elaborar el alimento Nutricomp ADN para empresas distintas a ella, el señor Novakovic no logró entender por qué Watt’s S.A., antes Loncoleche S.A., había demorado más de 25 años en darse cuenta de este inconveniente, y del por qué las ganancias por elaboración y exportación del alimento no figuraban en las memorias ni en los balances.

"Fue el señor Novakovic quien pudo observar partidas de alimento Nutricomp ADN que eran ingresados por B. Braun Medical desde 2005 hasta el 2007 procedentes desde Rusia, Singapur y desde Brasil, sin que dichas partidas ni cantidades hayan sido acreditadas, como ha demostrado recientemente, al hacerse parte en la causa 1185-2008, el Servicio de Aduana de Chile. En los años en que B. Braun Medical S.A. ingresó estas cantidades no especificadas de alimento ADN a Chile, Watt’s S.A. había paralizado la producción del producto a B. Braun Medical debido a una Demanda de Mera Certeza que Watt’s interpuso en contra de la primera, y cuyos antecedentes se encuentran hoy en manos de la Secretaria del 8° Tribunal Civil de Santiago, doña Sylvia Papa.

"Esto, y dado el tenor de lo antes expuesto, justifica perfectamente que, para cumplir con los compromisos locales, B. Braun Medical debió traer alimento Nutricomp ADN desde otros países para suplir los déficit nacionales. Y todo esto con el conocimiento total de la empresa matriz alemana, B. Braun Melsungen AG, quien lejos de querellarse en contra de su filial chilena B. Braun Medical, por haber esta última elaborado, distribuido, exportado y vendido un alimento de contrabando, ha intentado protegerla y hasta justificarla.

"El señor Novakovic, dirigió al CEO de la empresa alemana, Dr. Ludwig Georg Braun, una carta en idioma alemán con una serie de preguntas respecto de las autorizaciones para que Watt’s y  B. Braun Medical elaboraran el alimento, pero el Dr. Braun, por medio de su secretaria, le ha respondido al señor Novakovic que la filial chilena le respondería sus consultas, lo que no ha sucedido hasta la fecha. Y no sólo la empresa matriz no ha presentado querellas en contra de su rama chilena, sino que tampoco Watt’s ha presentado querellas ni acciones legales en contra de B. Braun Medical, por supuestamente (y como sostiene la fiscal Marisa Navarrete) haber etiquetado fraudulentamente lotes de ADN como elaborados por Watt’s.

"Si el alimento Nutricomp ADN, como el señor Novakovic y esta abogada lo han latamente probado, es un alimento de contrabando que nunca tuvo autorización para ser exportado, ni cuando era elaborado por Watt’s, ni cuando luego fue elaborado tanto por Watt’s como por B. Braun Medical, no se comprende por qué esta evidencia se ha desechado y se pretende dar fe sólo de lo que dice Watt’s S.A., cuando dicha empresa no ha sabido dar contestación oportuna a mi representado, quien reviste calidad de accionista de Watt’s S.A., en acciones de ambas series A y B.

"En efecto, hasta la fecha y aunque el primero de septiembre del presente año tuvo lugar una junta extraordinaria de accionistas de Watt’s, y mi representado envió una serie de preguntas al señor Gastón Rosselot Pomes, representante legal de la empresa y experto en el tema de elaboración de alimentos, éste no ha sabido contestar ni una sola de las consultas técnicas que el señor Novakovic le ha planteado, demostrándose que ninguna de las autoridades de salud, ni expertos técnicos de las empresas aludidas poseen los conocimientos técnicos, ni los informes pertinentes, que puedan dar respuesta a las formulaciones técnicas, por lo demás, bastante obvias, que mi representado les ha planteado. Si el señor Novakovic estuviese equivocado, ¿cómo puede entenderse que hasta la fecha ningún profesional, químico, médico, o bioquímico haya objetado por escrito, con fundamentos, y presentando sendos informes, las conclusiones y análisis que mi representado plantea?

¿Cómo puede un sólo informe pericial, como el que he acompañado, dejar en silencio a todas las autoridades y especialistas del país, sin que ninguno de ellos pueda objetar o contradecir lo en él planteado? Esto sólo puede significar dos cosas:

a) que todos los especialistas son ignorantes en sus propias materias hasta el punto que cualquier persona de otra área puede inmiscuirse en ellas y dar cátedra sin tener contraparte válida, o bien
b) todas las autoridades de salud, sus técnicos y especialistas reconocen tácitamente que la posición planteada por nosotros es irrefutable, y que su actitud sólo obedece a un acto de colusión tendiente a formar un círculo de protección en torno a las empresas involucradas, con el objetivo de proteger además a las autoridades quienes, dado que el alimento ADN se distribuía masivamente en hospitales y clínicas, siempre supieron la ilegalidad en la distribución del mismo.

"Es por ello que, dada la complejidad técnica, y las aristas que este caso presenta, creo importante que sea el señor Novakovic, como ciudadano buscando proteger nuestra inestable democracia, quien ejerza su derecho de plantear ante tribunales, con mi asesoría legal, el fondo que reviste este caso, permitiéndose realizar las exposiciones que son de rigor para que los ciudadanos puedan comprender el trasfondo y la poca transparencia de otros negocios que presuntamente son respaldados mediante el alimento Nutricomp ADN. Sin embargo, y es importante decirlo, las madres y familias a quienes represento, todas y cada una de ellas, se han estado haciendo parte de cada una de las querellas que inicialmente el señor Novakovic ha interpuesto por medio de mi representación y patrocinio.

El objetivo nuestro es demostrar que los ciudadanos bien organizados y en conocimiento de sus derechos y deberes pueden hacer frente a los vicios y a las acciones negligentes o dolosas cometidas por precisamente las autoridades que nos dicen defender, cuyos sueldos se cancelan con los impuestos que todos pagamos. Como muestra de que el señor Novakovic es el único quien puede conducir esta investigación, puedo mencionar lo siguiente: las autoridades de salud han venido investigando estos hechos desde noviembre de 2007, es decir, hace dos años aproximadamente, y sin embargo, en nada han avanzado, y los pocos avances que han expuesto ante tribunales de San Bernardo, han sido con la información que mi representado y esta abogada les han proporcionado.

"A diferencia de ellos, los fundamentos e hipótesis de nuestra investigación fueron planteados apenas cuatro meses de esta abogada haber comenzado (a mediados de mayo de 2008). Y precisamente gracias a las hipótesis formuladas, el resto ha sido sólo confirmarlas o desmentirlas. Específicamente, debido a la falta de hipótesis y tesis formuladas correctamente por el Ministerio Público, sus investigaciones son aleatorias y carentes de fundamentos técnicos y legales de fondo. Sin un planteamiento lógico, y sin dedicación exclusiva, se hace virtualmente imposible la resolución de este caso que conlleva análisis financieros, contables, administrativos, clínicos, químicos y bioquímicos, etc.

Pregunta 6: ¿Puede usted, como abogado querellante, fundamentar si los médicos participaron en esta colusión?

–Resulta extraño en algunos casos, por decir lo menos, que algunos profesionales médicos hicieran hincapié sólo en los cuadros de hipokalemias, las que son secundarias a la alcalosis metabólica, como lo demostró en su informe pericial el señor Novakovic. En el caso de los consumidores del alimento Nutricomp ADN, todos los médicos diagnosticaron un desequilibrio en los valores ácido-base plasmático, lo cual descarta directamente un origen asociado a una dieta insuficiente de potasio. Para ser más explicita, y basándome en el informe pericial del señor Novakovic, consideremos las siguientes declaraciones de los médicos y efectuemos las conclusiones pertinentes:

"1.- La Dra. Milena Tatjana Pimstein Ljubitec, médico de profesión y jefa de la Unidad de Pediatría de la Clínica Los Coigües, sostiene que los cuatro casos que a ella le tocó observar, todos ellos experimentaron hipokalemias con valores promedios que estuvieron entre 0.8 y 1.1 miliequivalentes por litro de sangre, que para la profesional era totalmente anómalo, de igual forma que los cuadros de distensión abdominal presentes en sus pacientes, que ella no pudo explicar de acuerdo a las patologías de base de ellos u otras causas.

"La doctora Pimstein indica, además, que en los cuatro casos se manifestó alcalosis metabólica severa e hipocloremia. El hecho que la profesional médico detectase alcalosis metabólica en cada uno de los cuatro casos descarta de plano que el origen del problema hubiese sido la ingesta inadecuada de potasio en la dieta. Llama, por tanto, la atención que la Dra. Pimstein ignore que la hipokalemia aparece como una respuesta compensatoria a la alcalosis metabólica, lo que descarta que haya sido una baja de potasio en el alimento Nutricomp ADN lo que explicaba la baja o disminución de potasio en la sangre de los pacientes de la Cínica “Los Coigües”.

"2.- El Dr. Juan César Alejandro Kehr Soto, médico cirujano y magíster en Nutrición Clínica de la Universidad de Chile, y director de la Escuela de Nutrición de la Universidad Andrés Bello, sostiene que es responsabilidad de los médicos monitorear al menos dos veces por semana los electrolitos plasmáticos (potasio, sodio y cloro) de un paciente que está hospitalizado, y al menos una o dos veces por mes en aquellos pacientes no hospitalizados. Contrariamente a lo que los médicos y veterinarios, de las entidades de salud, han señalado, y dada la calidad y especialización del doctor Juan Kehr, explica que el alimento Nutricomp ADN tanto si se usaba como complemento o como alimento exclusivo, y aunque tuviese una merma de potasio respecto de su rotulado, él dice que esta merma no crea grandes problemas, puesto que, en el caso de usarse ADN como complemento, los alimentos restantes poseen el potasio necesario para el organismo, mientras que en el caso de usarse como alimento exclusivo, el control periódico de los electrolitos plasmáticos practicados por los médicos habría determinado de modo inmediato si una disminución de potasio en la sangre se debía a un problema de ingesta.

"Estas declaraciones del Dr. Kehr demuestran que no es posible atribuir una vinculación entre la baja de potasio en el alimento Nutricomp ADN y las hipokalemias experimentadas entre los consumidores, lo que es evidente, dado que los pacientes experimentaron un desequilibrio en el pH de su sangre, lo cual no puede suceder si la causa fuese la falta o disminución de potasio en la dieta.

"3.- El Dr. Rafael Hernán Torres Núñez, médico cirujano y pediatra intensivista de la Clínica Alemana, quien atendió, junto a otros especialistas, a los niños Maximiliano Trey y Macarena López de Dios, en quienes diagnosticaron un cuadro de alcalosis metabólica (es decir, un desequilibrio del pH plasmático, donde éste aumenta por sobre los 7.45) seguido por cuadros de hipokalemia severa, es decir, una baja severa de potasio en la sangre de dichos pacientes, comenta que en la Clínica Alemana pensaron que la baja severa de potasio en la sangre se debía posiblemente al síndrome de Bartter, que corresponde a una enfermedad renal. Sin embargo, es preciso destacar que el síndrome de Bartter se acompaña de alcalosis metabólica, con lo cual el propio Dr. Torres y el resto de los especialistas estaban tácitamente descartando un problema debido a una ingesta disminuida de potasio en la dieta; porque como he dicho, un origen asociado a una merma de potasio en la dieta sucede a un pH sanguíneo neutro, y no a un pH fuera del equilibrio normal, como aquí sucedió.

"4.- El Dr. Tito Alejandro Pizarro Quevedo, médico y funcionario del Ministerio de Salud, asegura que una cantidad de potasio en un alimento inferior al valor rotulado, y dado que Nutricomp ADN era a veces administrado como alimento exclusivo, es peligroso para la salud de los consumidores, dado que ADN constituye su única fuente de potasio en la dieta, pues confiarían en lo que dice la etiqueta.

"Respecto del control de los electrolitos el Dr. Tito Pizarro dice que éstos son relativos, que dependen del paciente y de su afección, de modo que el control de dichos electrolitos plasmáticos puede ser más espaciados. En base a estas declaraciones y a las formuladas por el Dr. Kehr, quiero destacar que, si no existe probada negligencia por parte de los médicos, al no existir variaciones clínicas importantes es imposible que pudiese tener lugar un cuadro de hipokalemia primario a cualquier otro síntoma clínico.

"Por tanto, las propias declaraciones efectuadas por el Dr. Pizarro demuestran su ignorancia en el tema clínico, puesto que si no hay variaciones clínicas importantes en un paciente, y paralelamente los médicos en forma periódica controlaban los electrolitos plasmáticos, no existe forma probada en que un alimento con falta de potasio provoque la brusca y severa baja de potasio en la sangre de los consumidores, a no ser que en el alimento exista una sustancia ajena, que de inicio a una serie de reacciones alérgicas, inmunológicas, y cambios en la presión parcial de los gases sanguíneos (dióxido de carbono y oxígeno) que den como resultado un desequilibrio en el pH sanguíneo, provocando los cuadros de alcalosis metabólica, lo que a su vez desencadena un problema de redistribución del potasio en el organismo, provocando las consabidas Hipokalemias.

"Es falso lo que argumenta el Dr. Pizarro de que, dada una cantidad de potasio inferior a lo que el alimento etiqueta, pueda hacer que los médicos incurran en un error respecto de sus pacientes, ya que conocen perfectamente de los diagnósticos y tablas explicadas por el Dr. Harrison y colegas, en sus dos tomos de Principios de medicina interna, saben que un problema de baja ingesta de potasio se diagnostica con un pH neutro y con una pérdida de potasio urinario (potasuria) inferior a 20 miliequivalentes por litro de orina. Por tanto, y aunque yo sea insistente, el sólo hecho que todos los médicos detectaran como cuadro inicial alcalosis metabólica, entre los consumidores de ADN, descarta automáticamente un problema de ingesta baja en potasio.

"5.- El Dr. Oscar Enrique Paris Mancilla, médico, toxicólogo y director del CITUC, declara que tuvo conocimiento que su paciente Fernanda Torres Jopia presentó a inicios de enero un cuadro de alcalosis metabólica, y que de dicho cuadro determinó que presentaba hipokalemia severa, es decir, una falta severa de potasio en la sangre. Precisamente el hecho que el Dr. Paris haya determinado que la hipokalemia fue secundaria a la alcalosis metabólica, tácitamente está descartando de plano un problema asociado a ingesta disminuida de potasio en los alimentos Nutricomp ADN.

"Precisamente debido a esta razón ni el Dr. Oscar Paris ni el Dr. Mauricio Osorio, Seremi de Salud, han podido elaborar informes clínicos que se puedan oponer, o contradecir con fundamentos, a las conclusiones a las que el señor Novakovic y esta abogada llegaron. El hecho de que todos los consumidores del alimento Nutricomp ADN presentaran alcalosis metabólica, y que como respuesta experimentaran hipokalemia, le indicaba al Dr. Paris que los consumidores se descompensaban no debido a una merma de potasio en la dieta, o en el alimento ADN, sino debido a la presencia de “otros compuestos”.

"Cuando el Dr. Oscar Paris Mancilla le envía al señor Novakovic una carta con membrete del CITUC indicándole que por motivos netamente personales se niega a acceder a lo que mi representado le solicita, lo hace precisamente para evitar que mi perito pudiese demostrar en forma empírica lo que ahora sabemos: que no fue la merma de potasio en la línea de alimentos ADN lo que provocó los problemas sino algún compuesto ajeno y nuevo agregado al alimento.

Con sólo ver las anamnesias, las epicrisis, las fichas médicas, los resultados de las gasometrías y electrolitos plasmáticos, el Dr. Paris debió haber emitido un informe a Fiscalía advirtiendo que, dada la bibliografía clínica y médica que se tenía, existía una altísima probabilidad que alguna o algunas otras sustancias presentes en ADN estaban provocando las bajas severas de potasio en la sangre de los pacientes. Resulta extraño, y sospechoso, por tanto, que un toxicólogo tan prominente como el Dr. Paris, se haya prestado a sostener una hipótesis tan absurda como la expuesta por Fiscalía de San Bernardo, sin considerar los antecedentes clínicos y la bibliografía, que por todo médico es conocida.

"Cabe señalar que los dos gruesos tomos de Principios de medicina interna ya nombrados, forman parte de la formación normal de todo médico y conforman la base para todo internista durante los años sexto y séptimo de su carrera profesional, de modo que no se comprende el por qué el Dr. Oscar Paris pareció omitir y desconocer estos asuntos que son tan básicos y elementales. Con ello, es fácil comprender por qué hasta la fecha ni él ni el Seremi de Salud RM han efectuado informes escrito y públicos que avalen la postura por ellos señalados.

"6.- La Dra. Sylvia Gladys Ibáñez Tardel, médico pediatra Nutrióloga y jefa del Área de Nutrición de los pacientes hospitalizados de Pediatría del Hospital Sótero del Rio, sostiene que conoció de cinco casos, todos niños, en los que verificó hipokalemias con valores cercanos a los 1.0 miliequivalentes por litro, reconociendo que aunque el señor Reinaldo Torres le había asegurado que no había cambio de fórmula en la línea de alimentos ADN, luego en diciembre de 2007, un vendedor de B. Braun Medical S.A. le habría presentado un tríptico del alimento Nutricomp ADN donde se reconocía que sí había un cambio en la fórmula.

"La Dra. Ibáñez en otras declaraciones y correos electrónicos intercambiados con el señor Novakovic y el bioquímico del INTA, Dr. Alfonso Valenzuela, expone compartir la hipótesis presentada por mi representado, culpando a los MCT (ó triglicéridos de cadena media) agregados en la nueva fórmula del secuestro de potasio en la sangre de los pacientes.

"No obstante, y a pesar de ella estar de acuerdo con lo expuesto por el señor Novakovic, en sus declaraciones trató equivocadamente la hipokalemia como una causa primaria y como cuadro detonador del problema, sin jamás indicar que ésta no es más que un cuadro secundario y una respuesta fisiológica a la alcalosis metabólica, derivada de una acidosis respiratoria, que omite mencionar.

"Lo más curioso es que ella, sabiendo (desde su especialidad) que no fue la falta de potasio en el alimento ADN lo que provocó las bajas severas de potasio en la sangre, y apoyando la tesis del Sr. Novakovic, no haya emitido informes ante las autoridades o ante Fiscalía demostrando clínicamente las razones dadas aquí. Esto, debió haber sido formulado por la Dra. Sylvia Ibáñez, dado que ella compartía la hipótesis planteada por el Sr. Novakovic".

Pregunta 7: Eentonces, y dados los antecedentes que usted ha expuesto, ¿Qué solicitaría como diligencias esenciales en la querella contra las autoridades de salud y fiscales interpuesta en representación de las madres que representa?

–Sería importante acumular, en manos de un Fiscal Regional –teniendo en cuenta la calidad que detentan las personas querelladas– la investigación de todas las causas relacionadas con el denominado “Caso ADN”, solicitando al Juzgado de Garantía de San Bernardo la eliminación del secreto bancario para todas las operaciones de las empresas que, de manera directa o indirecta, participan en la elaboración, comercialización, exportación del alimento, y la incautación, entre otros, de contenedores pertenecientes a las empresas involucradas. Sólo así podremos conocer las verdaderas razones por las que las autoridades de salud, el Ministerio Público, Dr. Oscar Paris, y restantes entidades y personas naturales o jurídicas querelladas, han intentado crear un cerco de protección en favor de Watt’s S.A. y de B. Braun Medical S.A., así como determinar qué participación le cupo a la empresa Importaciones y Exportaciones Koral Limitada, iniciada por el señor Roberto Jorge Oetiker Luchsinger.

* Investigador.
La transcripción completa de los dichos de la abogada Mitrovich puede econtrarse aquí.

En Nuevos Estamentos más información sobre la investigación y marcha de la búsqueda de esclarecimiento y justicia.

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