Chile, polémica: lo «ininteligible» y los límites del Poder Judicial

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Rodolfo J. Novakovic.*

No me parece justo que los ministros de corte, de Apelaciones y Suprema, quienes no son más que abogados, emitan fallos o dicten sentencias en materias técnicas no comprendidas en su especialidad. Y así como no puedo exigir a tlos lectores que conozcan los temas de mi especialidad, o que ellos me exijan los suyos, tampoco se puede exigir a los abogados —algunos que en el colegio o liceo probablemente fueron bastante nulos para temas técnicos o científicos— que entiendan complejos procesos técnicos y fallen en consecuencia.

Y para concluir esta introducción

Porque aunque la ley se presume conocida y aprendida por todos los ministros de ambas Cortes, al ser interpretativa, muchas veces resulta que los fallos emitidos por jueces, y posteriormente certificados por los ministros, no se condicen con la realidad de los hechos.

Si a lo anterior sumamos que, dentro de la nueva Reforma Procesal Penal, los fiscales son abogados jóvenes, o sin experiencia técnica, el resultado son juicios irrisorios donde se privilegia la forma en lugar del fondo.

Por lo anterior he venido planteando entre abogados, médicos y otros profesionales de mi círculo cercano, la necesidad de formar, dentro del Poder Judicial, un nuevo tipo de fiscales, jueces y ministros de ambas cortes. He aquí mi planteamiento.

Ejemplo práctico: ministros de la Corte “tiran la toalla”

Dado que, como siempre lo decía a mis alumnos, “cuando la teoría se fue a bañar se ahogó por falta de práctica”, narro dos ejemplos concretos de lo que anteriormente expresaba:

Con fecha 10 de marzo pasado, luego que interpusiera una Reclamación, numerada bajo el Rol 1031-2011, en contra de Contraloría General de la República, por inexcusable desconocimiento de ley vigente aplicable a la elaboración de alimentos tradicionales y notable abandono de sus responsabilidades como órgano contralor, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó mi petición porque simplemente no logró comprender la relación entre ciertos aspectos técnicos y legales que tienen que ver con lo que la ley estipula para la elaboración de alimentos.

La dificultad de lo inteligible

Y dado que los ministros de la Corte no lograron retener ni entender aquellos aspectos técnicos y legales (lo que desde un punto jurídico se denomina “ininteligible”) esgrimidos en mi presentación, decidieron declararse incompetentes para conocer de estos hechos rechazando mi reclamación. No obstante —y a modo de comparación— si un imputado, luego de leída la sentencia por un juez, declarase que la rechaza porque le es ininteligible, los tribunales y ambas cortes confirmarían la sentencia por una razón muy simple: la Constitución y las leyes se presumen conocidas por todo chileno o ciudadano que habite en territorio nacional, no existiendo argumentación en contra.

Con fecha 8 de octubre de 2009, bajo circunstancias misteriosas, un joven falleció al interior del Hospital San José, en la comuna de Independencia, sin que los médicos y personal administrativo se hicieran responsables de su muerte, la que —sin mediar antecedentes y sin existir documentos de prueba— lo atribuyeron a un suicidio.

Los médicos argumentan que el paciente se habría suicidado lanzándose del quinto piso. La familia acudió a uno de los abogados Hermosilla, en calle Miraflores, y aunque fiscalía realizó todas las gestiones que le fue posible, no logró determinar responsabilidad entre los médicos y personal de dicho centro hospitalario, y hasta el propio abogado querellante desechó la causa porque fue convencido por los tribunales, y por la ardua investigación de los fiscales, de que el joven se había suicidado, y que nada más se podía hacer.

Fue entonces que, luego de más un año y dos meses de infructuosa espera, la familia de la victima —en enero pasado— acudió a mí, para que realizara un peritaje. Tras cinco semanas de indagaciones, de los solos documentos aportados por el Hospital, por el Servicio Médico Legal, por Carabineros de Chile y por fiscalía, pude notar las más abyectas aberraciones cometidas por funcionarios de todas estas entidades, quienes sabiendo de antemano la incapacidad de fiscales y jueces de comprender temas técnicos y forenses, alteraron a su antojo las horas, las fechas y las temperaturas de hallazgo, con el agravante de que ninguna de las entidades de salud participantes en los hechos siguieron el protocolo que para aquellos organismos se establece.

En resumen, las declaraciones de los médicos no coinciden con los datos y fechas que en la ficha médica anotan, existen paginas de la historia clínica que discrepan entre la que fue entregada ante fiscalía y la reciente que nos fuera proporcionada hace dos semanas atrás, etc.

De haber habido un fiscal, o un juez, con los mínimos conocimientos técnicos y forenses, de seguro habría resuelto el caso en menos de seis meses, habiendo descartado de plano el suicidio desde el quinto piso del Hospital San José.

Chile necesita abogados, jueces y ministros especiales, para casos especiales

Así como no está bien —no resulta lógico— que un asesino confeso, imputado y declarado culpable, argumente en su favor que considera que todos los pasos seguidos en tribunales y durante el juicio, son “ininteligibles” para él, tampoco está bien que los abogados y, sobre todo, los jueces, los fiscales y los ministros, rechacen presentaciones o fallen en contra de ley vigente, simplemente porque ellos nunca lograron comprender las “aristas técnicas” de los hechos, y por tanto, no lograron determinar la aplicabilidad de ciertas leyes, códigos o reglamentos.

Si la ley se presume conocida, es evidente pensar que jueces y ministros también estarán obligados a comprender los temas técnicos que se exponen. Sin embargo en la realidad no es así. Por dar ejemplos, en varias de las audiencias, con relación al caso Nutricomp ADN, personalmente escuché a numerosos jueces insistir a los intervinientes que se limitaran a comentar aspectos legales —formales—, porque ninguno de los abogados, ni él mismo, comprendían muy bien lo que era hipokalemia, el tema de los aceites MCT, ni los aspectos técnicos ni químicos como “secuestro de minerales por parte de grasas”, etc.

La Presentación 1031-2011, que los eximios ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazaron por “ininteligible”, planteaba aspectos tan sencillos como la evidente contradicción esgrimida por Contraloría General del República, en el sentido de que había una Resolución Exenta que certificaba que Leche Purita Mamá, elaborada por Watt’s y de propiedad de FONASA, contenía en el año 2009 el máximo del mineral hierro que la ley chilena recomendaba; información que era objetada por un artículo científico publicado en diciembre de 2008, por Watt’s y por el Dr. Eduardo Atalah, en el sentido que dicho producto lácteo no podría llevar aquel mineral hierro, porque provocaba la descomposición acelerada del producto.

Por ello, expliqué a Contraloría y luego a la Corte de Apelaciones que se hacía necesario un pronunciamiento legal sobre aquellos hechos, porque se estaba ante la siguiente disyuntiva legal: o se cumplía con los requisitos establecidos en el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y con la Resolución Exenta 393 del Ministerio del Salud, adicionando el máximo de hierro que dichos marcos legales exigían (lo cual resultaba en la descomposición del producto, constitutivo de delito según lo contemplado en el Artículo 315° del Código Penal); o bien se decidía eliminar de la fórmula aquel mineral, con lo cual —si bien se estaba dando estabilidad a Leche Purita— se incumplía con las disposiciones que establece el RSA y la Resolución Exenta ya mencionada.

Estos conceptos, que de seguro serán entendidos por cualquier lector, no pudieron ser comprendidos por los abogados de Contraloría ni menos por los ministros de la Corte de Apelaciones.

Y entonces, si los jueces, fiscales y ministros no comprendieron aspectos técnicos tan básicos como el de Leche Purita, el caso Nutricomp ADN —el cual lleva más de tres años sin que se llegue a la etapa de juicio oral—¿podrán las autoridades de gobierno comprender las graves consecuencias que podría significar— así como sus implicancias que la propia OMS advierte—  de elaborar, sin control alguno, alimentos transgénicos, denominados organismos genéticamente modificados (OGM), y cuyo proyecto de ley nuevamente fue derivado al Congreso, el tres de marzo pasado, para su aprobación?   

Por todo lo anterior se hace indispensable crear un escalafón de profesionales de las más diversas áreas del conocimiento, con formación en ciencia, para que el Estado de Chile los convierta en abogados —considerando los mismos años de estudio y la especialización que se requiere para formar licenciados en ciencias— con la finalidad de que aquellos lleguen a ser fiscales, jueces, ministros o futuros legisladores.

Sólo de esta manera, con médicos, ingenieros, químicos, físicos, arquitectos, etc. convertidos, luego de cinco o siete años de estudio, en abogados, para ser designados fiscales, jueces y ministros, los juicios técnicos podrán ser rápidamente resueltos, evitando el inevitable fiasco que hasta ahora han resultado procesos judiciales como el del caso Nutricomp ADN, el caso del Hospital San José, y el de mi reciente presentación ante la Corte de Apelaciones de Santiago (rechazada, reitero, por “ininteligible”).

Algunos se preguntarán, ¿por qué no hacerlo a la inversa, que los abogados sean comisionados para estudiar medicina, física, ramas de la ciencia y de la ingeniería? La respuesta en muy simple: porque suele ocurrir que a personas con tendencia al área humanista (durante su educación) les resulta virtualmente imposible estudiar temas técnicos. En cambio, entre aquellos que han logrado obtener un título en campos técnicos, al realizar actividades docentes, o publicar textos de difusión de las materias de su especialidad destinados al público general, les resulta más simple adentrarse en el terreno del conocimiento humanista.

Aunque no es aconsejable ser autorreferente, dadas las circunstancias, debo ejemplificar con mi caso: luego de mi regreso de Alemania integré una oficina con socios abogados, con los cuales aprendí la redacción de escritos, la forma en que se interpretan los hechos a la luz de la ley. A ellos sumo el hecho que con mi segunda socia, la abogada Ruzy Mitrovic, aprendí la interpretación de las leyes, los plazos, las visiones de los distintos ministerios, etc., todo lo cual me ha permitido no sólo resolver el caso Nutricomp ADN desde un punto de vista técnico, sino también legal. Y con una experiencia personal, en física, en ciencias y temas médicos, además de casi diez años en materia legal, puedo decir que —si el Estado de Chile financiase mis estudios para abogado, y llegara al estrado de un juez o ministro de Corte— ciertamente podría integrar esta nueva “casta” de abogados.

Conclusión

Con este nuevo “team” de abogados, nacidos, venidos y con base en ciencia e ingeniería, ciertamente el Poder Judicial se convertirá en un guía para otros países así como para las generaciones futuras, que entonces podrían realmente confiar en una “justicia ciega”, que impone sus fallos considerando sólo los aspectos legales y técnicos, creando una verdadera jurisprudencia, evitando juicios, que como ahora, contienen fallos contradictorios o irrisorios entre sí (en que un tribunal A falla de una forma, mientras que un tribunal B falla de otra). Con abogados venidos desde el área técnica, los ciudadanos podrían tener la seguridad —al menos en teoría— de que como jueces y ministros siempre analizaríamos el “fondo” y no tan sólo la “forma”.

Es mi esperanza que, entre los amables lectores, quede plantada mi idea, esta “semilla”, la de reformar y reformular nuestro alicaído Poder Judicial.

* Ingeniero, escritor.

Addenda
La encargada de fijar y dar esplendor a la lengua, define en su diccionario ininteligible como lo no inteligible. Y dice sobre inteligible:
1.  adj. Que puede ser entendido.
2. adj. Que es materia de puro conocimiento, sin intervención de los sentidos.
3. adj. Que se oye clara y distintamente.
 

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