Conflictos de interés, lección pendiente en Chile: el asunto MADECO entre Corfo y el grupo Luksic

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Surge una duda razonable sobre si Madeco aún sigue siendo una empresa en manos del Estado de Chile, a través de CORFO. La información fue solicitada ante el Consejo para la Transparencia, quien ha fallado de modo bastante neutral y ajustándose a los principios establecidos en su ley orgánica 20.285. El problema surge al considerar que el presidente del Consejo es también director de Madeco. Y que nada parece estar en regla. |RODOLFO J. NOVAKOVIC.*

¿Qué organismo debiera ser más “transparente” que el propio Consejo para la Transparencia? Sin embargo, una compleja y sórdida situación se vive al interior de dicha entidad del Estado porque el presidente del Consejo Directivo, Alejandro Ferreiro Yazigi (abajo der.), presenta un notorio conflicto de intereses tras conocerse recientemente que Madeco S.A. —de la cual Ferreiro es uno de sus directores— es al parecer una empresa semiestatal, en donde CORFO poseería aún hoy importante participación.

[El señor Ferreiro, abogado y académico es un destacado militante del Partido Demócratacristiano, ex ministro de Economía, Fomento y Reconsrucción durante la Presidencia de Michelle Bachelet, se desempeña en el Consejo de la Transparencia esde 2011].

En efecto, a raíz del Amparo C1175-11 interpuesto ante el Consejo para la Transparencia por un ciudadano chileno se pudo determinar que a esta fecha no existen los documentos ni la contabilidad pertinente que permitan probar que el señor Andrónico Luksic (y Quiñenco S.A.) cancelaron la deuda contraída, por la suma de cuatro millones de dólares estadounidenses, a fines de los años setentas, por concepto de la compra del 21.56% que CORFO tenía en Madeco S.A.

Este hecho irregular quedó registrado hace algún tiempo, cuando un ciudadano decide solicitar a CORFO que le ayude a gestionar y financiar un proyecto de ingeniería —con aportes extranjeros— con el objetivo de implementar una industria trefiladora y manufacturera de cobre en la ciudad de Antofagasta, que permitiría innovar en el área con nuevas maquinarias y tecnologías de punta, en lugar de la ya desvencijada y vetusta empresa Madeco S.A. (única en el mercado, y por tanto, gestora de un poco sano monopolio).

Sólo que, en lugar de cooperación y respuestas pertinentes, el requirente obtuvo de CORFO respuestas genéricas e incluso evasivas, al punto que decidió determinar si entre MADECO y CORFO aún existían relaciones comerciales.

Unos años atrás, en 2005, el funcionario de CORFO Yerko Koscina Peralta emitió un certificado al requirente indicándole que la Corporación, en septiembre de 1979 se había desecho del 21.63% de las acciones que mantenía en MADECO, información que aparecía respaldada por un artículo periodístico del diario El Mercurio —de septiembre de aquel año— en donde se informaba al público que CORFO, mediante negociación directa, había transferido a la empresa CEAT dichas acciones por un monto de cuatro millones de dólares. Mas nunca se efectuó el pago total. Como CEAT y Quiñenco S.A. no cancelaron en la oportunidad más que US$ 800.000, los US$ 3.2 millones restantes se cancelarían en siete cuotas de US$ 457.143 dólares.

La investigación realizada por aquel ciudadano chileno —y aspirante a inversor— deja en claro el hecho de que las informaciones (sobre las escrituras públicas que subscribe Luksic y Quiñenco S.A.) no se condicen con los antecedentes proporcionados por CORFO, existiendo un desfase en meses y años de pago; el hecho es que no figuran los depósitos efectuados por Quiñenco S.A. y hasta el día de hoy no existe indicación ni conocimiento que las prendas, bajo los títulos N° 181.677, N° 181.679 y N° 181.549 del Registro de Accionistas, hayan sido alzadas, lo que implicaría que aún hoy CORFO sería poseedor de al menos el 51% de las acciones de Madeco S.A.

En conclusión: al actual presidente del Consejo Directivo del Consejo para la Transparencia, Alejandro Ferreiro Yazigi, no le queda más que renunciar —debido al conflicto de intereses que en su cara estalla— mientras no se pruebe con documentación fundante que CORFO recibió los pagos, por concepto de deuda contraída por Quiñenco S.A., que la contabilidad de dicha operación aún existe, que el alzamiento de las prendas fue comprobadamente realizado, y se determine si CORFO destruyó algún tipo de información de conformidad lo autorizaba la Contraloría General de la República en virtud de la Circular N° 28.704 del año 1981.

Un resumen adecuado de este caso —sin emitir acusaciones— es decir que, a lo menos, la venta del 21,56% que CORFO tenía en MADECO no está exenta de polémica. Veamos:

– Primero, porque la venta se realizó de manera directa y no por licitación;

– Segundo, porque la empresa Quiñenco S.A. sostiene hoy que aun siendo controladora de MADECO, con la mayoría accionaria, no es sin embargo su propietaria (lo que acaso significa que Quiñenco S.A. no sería más que tenedor de las acciones en custodia que podrían ser de otro propietario no identificado);

– Tercero, porque Quiñenco S.A. objeta el documento notarial titulado Autorización y Substitución, de fecha 5 de Octubre de 1979 (acompañado a este escrito) y cuyo original se encuentra en los Archivos de Corfo ubicados en el Archivo Nacional de calle Matucana, donde Quñenco S.A. substituye a CEAT en la obligación de cancelar los US$ 3.2 millones que con fecha 28 de septiembre de 1979 CEAT se habría comprometido a cancelar a CORFO;

– Cuarto, porque el desarrollo del crédito Madeco-Quiñenco entregado por CORFO en documento del dos de septiembre de 2011, que dice iniciarse con un pago de US$ 800.000 dólares el primero de junio de 1978, más siete pagos de US$ 457.143 dólares el primero de junio de los años respectivos, 1979 al 1985, no coincide con lo que Quiñenco y CEAT declaran, respectivamente, en las escrituras públicas firmadas ante Notario Público don Luis Azocar Álvarez de fechas 28 de septiembre y 5 de octubre de 1979, en que sostienen que el pago de US$ 800.000 dólares habría sido cancelado al contado con fecha 28 de septiembre de 1979 (y no por Quñenco S.A. sino por la empresa suiza CEAT), y que las siete cuotas de US$ 457.143 dólares serían canceladas los primero de julio de los años 1980 al 1986;

– Quinto, porque no figuran las formas de pago efectuadas a Corfo por Quiñenco (si fue con cheque, efectivo, vales vistas, etc.). CORFO ha intentado esgrimir, sin los registros de los sucesivos pagos efectuados, que ella habría encontrado un documento denominado “Diario de caja de cobranzas” donde Quiñenco figuraría cancelando un monto de $ 137.235.344 pesos a CORFO mediante el depósito Nº 870330, efectuado en el Banco O’Higgins, sucursal de Santiago, indicando que este documento sería el monto correspondiente a la última cuota. Empero Cofo reconoce que el documento en que consta tal operación no fue encontrado y que tampoco tiene ella la capacidad de individualizarlo. Es decir, la Corporación de Fomento pretende —luego de décadas— que se haga un acto de fe de los escritos que entrega sin respaldo y sin acreditación alguna.

– Sexto, porque existen notorias diferencias entre el saldo insoluto informado, con fecha 10 de mayo de 1983, por el Director Regional Metropolitano de Corfo, don Eduardo Silva Aracena, al gerente de Normalización de Corfo que ascendía —según él— a US$ 2.088.522,41 dólares, y el saldo insoluto informado por CORFO con fecha 2 de septiembre pasado, en que se indica que entre el 2 de junio de 1981 y el 31 de diciembre de 1983 era de US$ 1.828.571; y

– Séptimo, porque se hace necesario conocer en detalle el historial, prohibición de gravar y enajenar, el seguimiento, así como el alzamiento final —y posterior al 31 de diciembre de 1988— de las acciones prendadas bajo los títulos N° 181.677, N° 181.679 y N° 181.549 correspondiendo, respectivamente, a 53.901.087 acciones, 52.039.537 acciones, y 21.559.376 acciones; además de las 44.519.839 acciones y 2.980.161 acciones de MADECO que se mantienen prendadas a favor de Corfo, inscritas a nombre de CEAT y de Quiñenco, sujetas a la mencionada prohibición de gravarlas y enajenarlas.

Finalmente, y como observación final, llama la atención que aún existiendo un juicio civil, causa rol 8445-11, por responsabilidad civil extracontractual en contra de CORFO y de Quiñenco, ninguna de ambas entidades hayan aportado ante el juez del 16° Juzgado Civil de Santiago todos los antecedentes que fehacientemente demuestren que los pagos se realizaron, que las contabilidades cuadran —y que además existen.

Nada de ello ha sucedido, lo que –al parecer de muchos de los que periódicamente consultan el expediente— no hace más que probar que Madeco S.A. sigue siendo una empresa intervenida por el Estado, lo que explicaría por qué no existe otra compañía del rubro que compita con ella, o que renueve las ya antiguas maquinarias.

Corolario inevitable
Es fácil pregonar y levantar dudosos monumentos en memoria de presuntos grandes empresarios cuando ellos —como en el caso Andrónico Luksic— no han hecho más que profitar como vulgares ladrones con el dinero perteneciente a todo el pueblo de Chile.

Es fácil ser «grande» y «crecer a pasos de gigante» cuando un Estado corrupto, como el chileno, respalda operaciones financieras que se parecen más a las de narcotraficantes que a la de respetados hombres de negocios.

En el «Blog» del autor.

Addenda

EN LO PRINCIPAL: Deduce reclamo y amparo derecho acceso a la información que Banco Estado ha denegado. PRIMER OTROSI: Solicita diligencia que se indica. SEGUNDO OTROSI: Acompaña documentos. TERCER OTROSÍ: Señala forma de notificación. CUARTO OTROSÍ: Téngase Presente.

RODOLFO J. NOVAKOVIC, de profesión Físico e Ingeniero Físico, domiciliado para estos efectos en calle Miraflores 312, Of. 806, en la comuna de Santiago Centro, correo electrónico rodolfonovakovic@gmail.com, al Presidente del Consejo de Transparencia respetuosamente digo:

Que, vengo en deducir reclamo y amparo al derecho de acceso libre a la información en contra del Gerente General Ejecutivo de Banco Estado, don Pablo Piñera Echenique, domiciliado en Avda. Libertador Bdo. O’Higgins N° 1111, por negarse a proporcionar la información solicitada por escrito con fecha 14 de abril del presente, conforme a los antecedentes que a continuación paso a exponer:

Que, en la página C3 de Diario El Mercurio del día miércoles 31 de octubre de 1979 (cuya copia se acompaña en otrosí), dicho medio de prensa informa que la entidad del Estado de Chile, CORFO, que se nutre con fondos provenientes de todos los chilenos, anuncia públicamente que el 21% de las acciones que poseía en la empresa MADECO S.A., fueron vendidas a la empresa CEAT INTERNATIONAL (representada con mandatos irrevocables por el abogado Enrique Puga Concha, hoy del Estudio Jurídico Puga & Ortiz) en la suma total de US$ 4 millones de dólares; lo que según diario El Mercurio habría sido corroborado por la Bolsa de Comercio de Santiago. La operación de aquella millonaria venta habría sido efectuada el 28 de septiembre de 1979, aunque, días después, con fecha 5 de octubre de 1979, el señor Andrónico Luksic Abaroa, C.I. 1.926.613-3, en representación de FORESTAL QUIÑENCO S.A., habría subrogado a CEAT en su obligación de pago.

(Aquí puede leerse el escrito completo del ciudadano Novakovic).

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