Perú: un decreto sorpresivo y peligroso

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Aparecida en la revista Piel de Leopardo, integrada a este portal.

fotoHace algunos meses, la representación del Perú en las Naciones Unidas estuvo entre las más entusiastas promotoras de la Declaración sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, por la cual los gobiernos se comprometen a respetar derechos como el territorio y a consultar a los indígenas sobre las decisiones que les afecten.

Para muchos dirigentes indígenas y campesinos peruanos, sin embargo, era desalentador que, mientras tanto, el gobierno peruano presentaba al Congreso el Proyecto de Ley 1992, que facilitaba la disolución de las comunidades campesinas andinas y las comunidades nativas amazónicas.

La respuesta de la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas.

Wilfredo Ardito Vega *
 

Históricamente, las tierras de las comunidades indígenas peruanas han generado el interés de otras personas. En 1824, Simón Bolívar decretó su disolución, permitiendo que muchos hacendados se apropiaran de las tierras. Las comunidades indígenas no fueron reconocidas hasta un siglo después y la Constitución de 1933 prohibió que sus tierras fueran adquiridas por terceros, debido a que existían diversos mecanismos de presión hacia los campesinos para obligarlos a vender.

La Constitución de 1993 señaló, más bien, que las comunidades campesinas y nativas eran autónomas en cuanto a la libre disposición de sus tierras, pero ellas no estaban interesadas en disponer de ellas, por las vinculaciones ancestrales que poseen.

foto El Proyecto 1992 busca enfrentar ese pequeño problema: a diferencia de lo que ocurre en cualquier otra copropiedad o persona jurídica, para vender las tierras de una comunidad campesina o nativa no hace falta que la mayoría de los integrantes esté de acuerdo. Basta que aprueben la venta o la disolución de la comunidad la mayoría de asistentes a una asamblea cualquiera, así constituyan una pequeña minoría.

De esta forma, por ejemplo, será muy fácil a una empresa minera o petrolera interesada en los recursos naturales existentes dentro de una comunidad presionar o convencer a diez o doce de sus integrantes ofreciéndoles algún beneficio.

Frente a este panorama, la Comisión de Pueblos Amazónicos, Andinos y Afroperuanos y Ecología rechazó el proyecto y todo indicaba que lo mismo ocurriría en la Comisión Agraria. Por ello, cuando los últimos asistentes extranjeros a la cumbre ALC-UE se habían retirado y ya no era necesario mostrar una imagen democrática, el gobierno aprobó el Decreto Legislativo 1015 que contiene exactamente el mismo texto que el Proyecto 1992.

La nueva norma atenta contra la seguridad jurídica en las zonas rurales y generará una fuerte inestabilidad social: al abrir paso a divisiones internas entre los campesinos y a todo tipo de conflictos. Sin embargo, para el gobierno, las comunidades, son los “perros del hortelano”, las responsables de su propia miseria y del atraso del país. foto Un gobierno democrático debería consultar con la población afectada una medida tan grave, especialmente si está obligado a hacerlo, tanto por el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas, como por la misma Declaración de Derechos de los Pueblos Indígenas que impulsó hace algunos meses.

De manera temeraria, el gobierno abre un nuevo escenario de conflicto precisamente en aquellas zonas del país donde tiene menos respaldo. Paradójicamente, la conmoción social que se puede producirse al interior de las comunidades, constituye el peor escenario para la promoción de inversiones que tanto anhela el presente régimen.

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* Abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos, APRODEH, Perú.
Información de la Agencia Latinoamericana de Información.
http://alainet.org.

UN DECRETO PARA DESTRUIR COMUNIDADES

El Decreto Legislativo 1015 es una herramienta para el despojo de territorios indígenas. Organizaciones campesinas, agrarias e indígenas coordinan Paro Nacional. CAOI *

El Gobierno aprista presidido por Alan García Pérez emprendió un ataque frontal contra las comunidades campesinas con la emisión del Decreto Legislativo 1015 como una herramienta para despojar de los territorios ancestrales, y arrasar con las formas tradicionales de trabajo, economía y organización.

foto En resumen, destruir a las comunidades indígenas, algo que ni la dictadura de Alberto Fujimori, en la década pasada, se atrevió a hacer.

El Decreto Legislativo 1015 modifica la Ley 26.505 (Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas), la cual exigía como requisito para la venta de tierras comunales el voto aprobatorio de las dos terceras partes de los miembros de la Comunidad.
La norma modificatoria reduce este requisito al voto aprobatorio del 50 por ciento más uno de los asistentes a la Asamblea Comunal.

En la práctica, el D. Leg. 1015 desconoce el requisito del quórum reglamentario que exigen todas las normas legales. Por ejemplo, si una comunidad de mil miembros hace una "asamblea" con cien personas, bastará el voto de 51 de ellas para disponer de los territorios comunales.

A ello se añade que quienes no son miembros de la Comunidad, podrán pedir la titulación de tierras con el mismo requisito: el 50% más 1 de los asistentes a la Asamblea.

Esto implica un grave riesgo, porque las empresas extractivas que invaden territorio comunal pueden apropiarse "legalmente" de esas tierras amañando "asambleas".

El D. Leg. 1015 constituye un grave atentado contra las comunidades campesinas por parte de un gobierno cada vez más entregado a los apetitos de las empresas transnacionales que saquean nuestros bienes naturales.

Frente a ello, las organizaciones indígenas, agrarias y campesinas del Perú responde coordinando la convocatoria a un Paro Nacional en defensa de sus legítimos derechos al territorio, el agua y a decidir su propio modelo de desarrollo.

La Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas convoca a la solidaridad internacional para detener esta amenaza privatizadora y destructiva de las comunidades campesinas e indígenas en el Perú.

Lima, 21 de mayo de 2008.

Miguel Palacín Quispe
Coordinador General CAOI
(COORDINADORA ANDINA DE ORGANIZACIONES INDÍGENAS –CAOI– Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Argentina).

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Publicado en:
Minga Informativa de Movimientos Sociales.
http://movimientos.org.

 

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