Reformas jurídicas profundizan el modelo neoliberal peruano

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Luis Vittor, ALAI*

Es paradójico, en un país democrático, que quienes fueron elegidos para legislar no lo hagan y que las reformas no sean producto de los necesarios consensos políticos. En el Perú, lo que no hace el Parlamento lo hace el Poder Ejecutivo; mientras los debates parlamentarios se distrajeron en escándalos de empleados fantasmas, el Ejecutivo le facilitó el trabajo de la creación de leyes. En 180 días ha promulgado más de 100 decretos legislativos al amparo de las facultades otorgadas por el Congreso para legislar sobre diversas materias relacionadas con la implementación del TLC con Estados Unidos, que han exaltado el clima político en días previos al paro nacional del 8 y 9 de julio.

Los decretos legislativos (DL) del gobierno aprista de Alan García, constituyen un nuevo paquete de reformas para garantizar no sólo la implementación del TLC sino fundamentalmente para profundizar el modelo liberal y eliminar la oposición social que “obstaculiza” la libre circulación del capital privado. Los DL marcan un nuevo hito, sólo comparable con las reformas realizadas en el gobierno de Fujimori a inicios de la década de los noventa por recomendación del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

El propio García, en su artículo “Una apuesta crucial por el siglo XXI”, publicado el domingo en el diario El Comercio, señala que gracias a las facultades otorgadas “se ha promovido una gran transformación jurídica en el Estado” y justifica que éstas tienen por finalidad “transformar el Estado”, “aumentar el crecimiento y fomentar la inversión”, mejorar la “calidad educativa y competitividad técnica”, “generar empleo decente y formalizar el trabajo” y “agilizar la acción pública”. 

Lo controversial de los DL es ver si estas se ajustan a las facultades otorgadas o constituyen un “abuso” de las mismas, ya que algunos no tendrían relación con el TLC suscrito con Estados Unidos. El analista económico Humberto Campodónico ha estimado que al menos 20 de los decretos no se ajustarían a las facultades otorgadas (La República).

La Defensoría del Pueblo y un grupo de parlamentarios han interpuesto dos demandas de inconstitucionalidad contra el DL 1015 referido a la disposición de las tierras comunales por parte de las comunidades campesinas. Organizaciones campesinas e indígenas han anunciado la presentación de demandas de inconstitucionalidad contra al menos cuatro decretos legislativos. La Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP) ha solicitado al Congreso la derogatoria de dos decretos (DL 1057 y 1086). 

Otro aspecto controversial es que la “avalancha” de decretos tiene una cuota de contrabando al trabajo parlamentario, ya que algunos eran Proyectos de Ley que el gobierno había enviado al Congreso y tenían el dictamen de “archivase”, mientras que otros habían recibido fuertes críticas y la oposición de grupos parlamentarios, que ahora el propio Parlamento tienen la oportunidad de corregir a través de control político que debe realizar a este tipo de decretos legislativos. Una manera “criolla” de sacarle la vuelta a la democracia, lo que ha despertado sospechas de “lobbies” tras su promulgación, y que según denuncias hechas públicas beneficiarían a empresas de diversos sectores productivos: minería, lácteos, puertos, pesquería y reforestación.

 La Federación Nacional de Trabajadores Portuarios (FENTENAPU) ha denunciado que el DL 1022 beneficiaría a capitales chilenos; el Sindicato de Trabajadores de Sedapal (SUTESAL), ha denunciado que el DL 1031 en práctica podría constituir el inicio de la privatización de esta empresa de servicios de agua potable de Lima; y la Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú (AGALEP) ha denunciado que el DL 1035 favorece a los intereses del Grupo Gloria.

“Desaparición” de comunidades campesinas y nativas
 
Un blanco de los decretos legislativos son las comunidades campesinas y nativas, que en el caso de los Andes y la Amazonía han constituido territorios de resistencia al modelo neoliberal por su oposición y/o críticas a los mega proyectos de industrias extractivas, especialmente los mineros. Con estos decretos, según García, la idea es abrir “nuevas áreas para la inversión dentro del país en zonas que, por razones ideológicas, aún permanecían cerradas”.

Se ha promulgado al menos cuatro decretos para “desaparecer” las comunidades y entregar las tierras comunales a manos privadas. García sostiene que al facilitar “su asociación, crédito, parcelación, alquiler, etc.” se estaría sacando “de la pobreza a millones de peruanos a los que esa institución virreinal y colectivista ha mantenido en la miseria”.

Las organizaciones indígenas y campesinas, como la Confederación Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI), la Confederación Campesina del Perú (CCP), la Confederación Nacional Agraria (CNA) y la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana (AIDESEP), han denunciado que el paquete dedicado a quebrar la resistencia de las comunidades incluye cambios legales que afectan sus derechos al territorio, al agua, a la autonomía, a la consulta, al consentimiento, al desarrollo, entre otros, que responden a las obsesiones del presidente García por eliminar la propiedad colectiva y favorecer el acceso a empresas interesadas en desarrollar proyectos mineros, forestales, biocombustibles, etc.
 
En el caso de la minería, la denuncia de las organizaciones tendría argumento. Efectivamente, los decretos (DL 1015, 1073 y 1064) responderían a una clara intención de favorecer el desarrollo de proyectos mineros en territorio de comunidades campesinas, al reducir el voto de 2/3 a 50% de los comuneros para decidir el destino de las tierras y al eliminar el “acuerdo previo” para el acceso a tierras comunales para actividades de exploración y explotación minera. 

Actualmente, diversos proyectos mineros (Río Blanco, Quellaveco, Tambogrande, Michiquillay, La Zanja, San Gregorio, entre otros) se encuentran paralizados por conflictos con las comunidades al no lograr la “licencia social”. El propio gobierno intento, el año 2007, que al menos 20 proyectos mineros fueran declarados de interés nacional al enviar el Proyecto de Ley 1640 al Congreso, el que dictaminara su archivo.

Partidos demandan revisar decretos legislativos:

Los partidos políticos Perú Posible (PP) del ex presidente Alejandro Toledo, el Partido Nacionalista (PNP) de Ollanta Húmala y hasta el derechista Partido Popular Cristiano (PPC) de Lourdes Flores, han demandado la revisión de los decretos legislativos.

El PP ha planteado que sea en el foro del Acuerdo Nacional, donde participan diversos partidos políticos, quién revise los 102 decretos legislativos; mientras que Lourdes Flores ha señalado que su partido revisará los decretos para ver si éstas se encuentran en el marco de las facultades otorgadas y, semanas atrás, había adelantado que se debe revisar el DL 1015 que afecta los derechos territoriales de las comunidades campesinas.
 
Por su parte el PNP, en comunicado público, ha calificado de “irresponsable delegación de facultades” otorgadas por el Congreso y exige al gobierno “detallar en cada una de sus propuestas legislativas, el vínculo y la necesidad de la norma para la implementación del TLC” y “publicar los estudios jurídicos y consultoras que participaron en la elaboración de las normas, a fin de definir su posible vinculo con las empresas que se beneficiarán de las mismas”.

Finalmente, el actual presidente del Congreso, Luis Gonzáles Posada del partido de gobierno, en respuesta al planteamiento del PP ha informado que el Parlamento tiene las facultades para revisar los decretos legislativos, evaluar su inconstitucionalidad y eventualmente derogarlos.

Decretos legislativos cuestionados

DL 994: Las organizaciones indígenas y campesinas han denunciado que el DL 994, que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación de tierras eriazas para la ampliación de la frontera agrícola, vulnera el derecho al uso del agua de las comunidades al referir que los proyectos se realizaran aprovechando ”aguas de libre disponibilidad” y el derecho de propiedad de sus tierras al considerar que son propiedad del Estado todas las tierras eriazas con aptitud agrícola, salvo las que se encuentren tituladas e inscritas en registros públicos; teniendo conocimiento que de las 6 mil comunidades más de mil no cuentan con títulos, este decreto constituye una vulneración del derecho a la propiedad reconocido por la Constitución Política.

DL 1022: La Federación Nacional de Trabajadores Portuarios (FENTENAPU) ha denunciado que el DL 1022, que modifica la Ley del Sistema Portuario Nacional, busca en la práctica desaparecer la Empresa Nacional de Puertos (ENAPU) y entregar en concesión los puertos peruanos a capitales chilenos, vulnerando la soberanía marítima del país. El DL  transfiere los bienes de dominio público portuario que ENAPU administra al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) a fin de que sean transferidos en concesión a inversiones privados. Los trabajadores vienen realizando una campaña de lavado de banderas contra el DL.

DL 1031: El Sindicato de Trabajadores de Sedapal (SUTESAL), ha denunciado que el DL 1031 que promueve la eficiencia de la actividad empresarial del Estado obliga a que empresas públicas, entre las que se encuentra Sedapal, inscriban un mínimo del 20% de su capital social en el Registro Público del Mercado de Valores, lo que implica que dichas acciones pueden ser ofertadas en la Bolsa de Valores de Lima lo que en la práctica podría constituir el inicio de la privatización de esta empresa y otras. Según la norma 5 ministros de Estado decidirán el futuro de las empresas del Estado a través de la Bolsa de valores.

DL 1035: La Asociación de Ganaderos Lecheros del Perú (AGALEP) ha denunciado que el DL 1035 favorece a los intereses del Grupo Gloria, que controla cerca del 80% del mercado lácteo peruano, y perjudicaría a los productores de la ganadería lechera nacional, al permitir el uso de leche en polvo y sustitutos lácteos para producir leche fresca, que constituiría una “trampa” a los consumidores. El ministro del sector agricultura ha salido a aclarar el asunto y afirmar que sólo están cumpliendo los acuerdos con la Organización Mundial del Comercio (OMC) y el TLC con USA.

DL 1064: Organizaciones indígenas y campesinas, así como especialistas en derechos comunales, han denunciado que el DL 1064 vulnera el derecho de las comunidades campesinas al eliminar el requisito del “acuerdo previo” entre comunidades y empresas mineras para acceso a tierras superficiales de propiedad comunal y deja la figura de la “servidumbre” como la vía jurídica para el acceso a las tierras de las comunidades para el desarrollo de proyectos mineros. El DL ha derogado casi la integridad de la Ley 26505, promulgado en el gobierno fujimorista, que establecía dicho requisito y elimina el hecho de que las comunidades tenían para expresar su consentimiento para actividades mineras en su territorio y/o negociar las condiciones en las que están se desarrollarían.

DL 1015: Este decreto que unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y de la selva con las de la costa, modificaba el Art. 10 de la Ley 26505 (Ley de la inversión privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las comunidades campesinas y nativas) y señalaba que para disponer de las tierras comunales se requerirá el voto a favor de no menos del 50% de los miembros asistentes a la asamblea. Los gremios campesinos e indígenas han denunciado que este DL persigue la parcelación y privatización de tierras colectivas a fin de favorecer las inversiones en industrias extractivas. La promulgación de esta norma despertó críticas de diversos sectores de la sociedad civil y la presentación de dos demandas de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, una por parte de la Defensoría del Pueblo y otra por un grupo de parlamentarios del Congreso de la República.

DL 1073: Ante las demandas y con la intención de frenar el paro de los próximos días, el gobierno mediante el DL 1073 modifica el literal b) del artículo 10º de la Ley Nº 26505, Ley de la Inversión Privada en el desarrollo de las actividades económicas en las tierras del territorio nacional y de las Comunidades Campesinas y Nativas; modificado por el artículo único del DL 1015, con el único añadido que ahora ya no se requerirá la aprobación del 50% de los asistentes a la Asamblea Comunal, sino del 50% de los comuneros con mas de un año como posesionarios; modificación que para las organizaciones indígenas y campesinas y la Defensoría del Pueblo continua siendo inconstitucional al vulnerar el derecho de autonomía de las comunidades.

DL 1086: Este decreto que aprueba la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente, ha generado controversia entre diferentes sectores sociales; hay quienes sostienen que tienen beneficios para los trabajadores del sector como el acceso al seguro social de salud, sin embargo la norma sólo beneficiaria a aquellos trabajadores que sean contratados luego de su entrada en vigencia, luego de que se apruebe su reglamento. Gremios de trabajadores han denunciado, además, que el DL perjudicaría los derechos de lo trabajadores protegidos por el DL 728 (Ley General del Trabajo).

La CGTP, mediante carta del 3 de julio, ha solicitado al Congreso de la República la derogatoria de este DL –además del DL 1057 y otros- al considerar que exceden las facultades otorgadas por el legislativo y “con las normas contempladas en el Decreto Legislativo 1086 se afectan gravemente los derechos a la igualdad y no discriminación, los que se violan claramente al establecer regímenes laborales disminuidos para grandes colectivos laborales. Ello, sin mencionar que esta norma afectará también los derechos de asociación sindical y negociación colectiva (…)”.

DL 1088: La Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE) ha denunciado el DL 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), derogo la Ley 28522 de creación del CEPLAN con el que se elimina la representación de los gobiernos locales en el Consejo Directivo de dicha instancia de planificación, reafirmando la actitud centralista y autoritaria del gobierno.

DL 1089: Este decreto establece el Régimen Temporal Extraordinario de Formalización y Titulación de Predios Rurales y otorga facultades al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (COFOPRI) para la formalización y titulación de predios rústicos y tierras eriazas, ha recibido cuestionamientos por no ser una institución especializada ni tener información sobre territorio de comunidades campesinas y nativas. Este DL tiene su origen en el proyecto de Ley 1992 presentado por el Ejecutivo al Congreso y que fuera archivado por el mismo.
 

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