Ecuador: El «derecho mediático» se pretende sobre el Bien y el Mal

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Alberto Maldonado S.*

Emilio Palacio (izq.), un “todólogo” gritón y agresivo, que las oficia de “editor de opinión” del diario guayaquileño El Universo (que se ufanaba de ser el diario de mayor circulación en el país) acaba de ser sentenciado, en primera instancia, a tres años de cárcel y l pago de US$ 10.000 por haber agraviado a Camilo Samán (abajo, der.), un joven empresario, también guayaquileño, que fue gobernador del Guayas en el gobierno de Rafael Correa y  actualmente Presidente de la Corporación Financiera Nacional (CFN) un organismo del sector público que trata de financiar el desarrollo nacional a través de préstamos a empresas de producción medianas y pequeñas.

El caso amerita una serie de precisiones ya que de otra manera es muy posible que se interprete, especialmente en el exterior, como un acto de represión contra un periodista crítico del gobierno y una demostración de que en Ecuador la “libertad de expresión está en riesgo”, como se empeñan en denunciar los sectores de la derecha económica y política del país y su vanguardia mediática: los diarios, los canales de televisión y las redes radiofónicas del sistema.

Una sentencia ordinaria

En primer lugar, hay que advertir que la sentencia proviene de la Jueza Segunda de Garantías Penales del Guayas (donde está Guayaquil) de nombre Carmen Argüello, ante quien el agraviado, Camilo Samán, planteó denuncia por injurias calumniosas, de conformidad con disposiciones constantes en el Código Penal, en vigencia desde muchas décadas.

Es decir, se ha seguido el debido proceso de acuerdo con claras disposiciones legales y de procedimiento, ya que el denunciado escribió y publicó, bajo su nombre, un artículo de opinión, que lo tituló Camilo Samán Matón, en el cual acusaba a este funcionario de “enriquecimiento ilícito, de haber vivido de sus amigos y de ser un matón”. El fallo es de primera instancia, susceptible de apelación ante el superior (la Corte Distrital del Guayas) y aún de una tercera apelación (por casación) ante la Corte Nacional de Justicia.

Esta aclaración es válida por lo que está sosteniendo el propio encausado, por el coro de “respaldos y adhesiones” que recibe, especialmente de la prensa sipiana —no solo ecuatoriana sino regional— y de partidos y movimientos de derecha y extrema derecha del continente. Palacio ha dicho y sigue diciendo que esta sentencia viene del gobierno “tiránico” de Rafael Correa y es un ataque a la libertad de expresión. Inclusive ha convocado a los y las ecuatorianas a salir a la calle para defender su libertad so pena de ser considerados cobardes.

Quieren consagrar la impunidad

En segundo lugar, esta sentencia nada tiene que ver con el trámite que en la Asamblea Nacional está un proyecto de Ley de Comunicación que debe dictarse de conformidad con disposiciones constitucionales. Contra esa ley, han arremetido los medios sipianos, los asambleistas de minoría, alineados con la SIP-CIA, y hasta gentes progresistas que seguramente se han dejado impresionar por la campaña mediática sin tregua que ya lleva más de un año y que ha arreciado a raíz de la visita que hizo al Ecuador una delegación del más alto nivel de la Sociedad Interamericana de Prensa.

Precisamente uno de los postulados sipianos que defienden a rajatabla los empresarios de la comunicación mercantil es que sus periodistas y colaboradores tienen, en vida, una especie de aureola de inmunidad; que ellos pueden decirle a quien sea (así sea el Presidente de la República) “samba canuta”, como dice el pueblo; pero que si el presidente devuelve los “elogios” con otros que de ninguna manera llegan a ofensas o injurias graves y calumniosas, entonces si, es un ataque a la libertad de expresión  imperdonable.

¿Cuántas veces califican, por ejemplo, al Presidente Correa de “tirano”, de “dictador” de “autócrata” a pesar de que Correa y su movimiento País ganó una primera elección presidencial, en noviembre del 2006, para un período de cuatro años; luego logró que el viejo  Congreso de la Partidocracia y el Tribunal Supremo Electoral, convoquen a una Asamblea Nacional Constituyente, que Alianza País ganó con holgura una amplia mayoría en esa Asamblea y, finalmente, que la nueva Constitución fuera abrumadoramente aprobada por el pueblo ecuatoriano, en las urnas; y que el Presidente Rafael Correa fuera designado, en abril 2009, en la primera vuelta (cosa que no se había registrado antes en el Ecuador) para un nuevo periodo que debe terminar en el 2013.

Hay otros políticos de oposición que se valen de periodistas de ocasión, tipo Palacio, para que acusar al gobierno de corrupto sin que hayan podido demostrar en los hechos un solo caso como no haya sido el del primer Ministro de Deportes que fue enviado a la cárcel por el propio gobierno ya que sorprendieron que tenía a su alrededor tres o cuatro áulicos que efectivamente habían estado “negociando” coimas, y por cientos, en contratos de obras deportivas.

Una ley para pelucones

En el Ecuador, hace décadas, fue expedida una que se llamó Ley de Prensa destinada precisamente a sancionar los delitos que podían cometerse a través de periódicos, revistas, semanarios. Esa ley era de tal naturaleza enredada y de difícil acceso, que creo que murió de muerte natural sin un solo caso de sentencia en firme. Pero quedaron en el Código Penal disposiciones que permitían (y permiten) enjuiciar penalmente a un insultador, a quien injuria a través de un medio impreso (caso Palacio)  o a quien acusa a otro de un delito (el peculado, en este caso) y no puede probarlo en el proceso.

Vale la pena precisar que uno puede o no estar de acuerdo en que haya prisión por difamación a través de un medio comunicacional; pero, en el presente caso, hay claras disposiciones legales y penales que permiten una demanda de este tipo y que un juez penal (en este caso jueza) previo el debido proceso, imponga una pena de prisión y gastos por costas procesales. El demandante puede también seguir un juicio al infractor por daños morales y lograr una indemnización pecuniaria. Pero…

El uso de este recurso penal-civil ha sido muy escaso en los últimos tiempos. Los dedos de la mano sobran para enumerarlos. Quizá el más sonado fue el que le siguió hace cuatro o cinco años, un lugarteniente del entonces “dueño del país” (León Febres Cordero) contra el columnista del diario El Comercio —Dr. Rodrigo Fierro, un distinguido profesor universitario e investigador y estudioso de problemas médicos en el Ecuador—.

Como el ingeniero Febres Cordero “era el dueño del poder judicial” logró una sentencia condenatoria que fue confirmada (aunque disminuida) por el Superior. Entonces, ni el señor Palacio, ni la SIP, ni los “intelectuales” del sistema, alzaron su voz para condenar al “dictador de turno” por esa sentencia.

Otro síntoma: la posibilidad de enjuiciamiento penal y civil por delitos contra el buen nombre y la dignidad de las personas, a pesar de que existe desde hace décadas, ha sido muy poco usado porque hay que tener dinero (mucho dinero) para sostener un juicio de esta naturaleza que puede tener hasta tres instancias y que demandaría gastos ingentes que tan siquiera gentes de nivel medio pueden darse el lujo de seguirlo y financiarlo. Desde luego, en nuestro medio, hay que tener además influencias políticas de primer grado como para llegar a un desenlace aceptable. O dar, por un azar de la vida, con algún juez (o jueza) que todavía no está contaminada en ese obscuro y siniestro tobogán que es la función judicial.

Por último, frente a una demanda contra un medio de comunicación o un periodista en activo, habrá siempre la natural prevención de la autoridad por sancionarlo. Cito el caso de la Ley de Ejercicio Profesional del Periodista (en vigencia en el Ecuador desde 1975), que exigía a los medios sipianos o no que utilicen en sus actividades diarias y de tiempo completo a periodistas profesionales o con certificado de profesionalización debidamente otorgado por el Ministerio de Educación.

Los diarios se limpiaron con la ley (aún siguen haciéndolo) y cuando algún dirigente de un Colegio de Periodistas pretendió aplicarla y recurrió a una autoridad local para que imponga las ridículas sanciones que la propia ley establece,  la autoridad fue lo suficientemente cauta y en los hechos dio largas a la demanda ya que “no podía pelearse con quienes tienen el poder de la prensa” solo por satisfacer a un gremio que también era dependiente de este poder mediático.

¿Son de procedencia divina?

El caso Palacio ha retomado la preocupación mediática sipiana por dos razones: porque la SIP y los medios sipianos siguen sosteniendo que tienen y gozan de una especie de aureola divina y que nadie puede ponerles un dedo encima, porque eso es atentar contra la libertad de expresión; y porque, al fin, tienen en carne y hueso “una víctima” del supuesto autoritarismo gubernamental y una evidencia de que este gobierno es “enemigo de la libertad y la democracia”.  No importa que la sentencia haya sido dictada por una jueza de derecho y previo un trámite de un proceso debido.

Igual que en Venezuela, igual que en Bolivia, toda acción que se haga contra un periodista de oposición es endosable al gobierno “tiránico” que, si se hiciera un balance objetivo y serio comparándolo con otro cualquiera (pongamos por caso, el Gobierno del Ing. Febres Cordero) encontraríamos que este gobierno es una santa paloma frente a un gavilán.

Y lo final: que el caso servirá para que los sectores mediáticos sipianos sigan insistiendo que la nueva ley de comunicación debe ser una ley que no les toque, que no les pida cuentas, ya que ellos, mucho más que las majestades que aún quedan en Europa,  están sobre el bien y el mal; que las sanciones, la cárcel, solo son para “los de poncho” (los pobres) como siempre ha sido en este increíble Ecuador.

* Periodista.

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