Aclarar conceptos: el feminicidio en El Salvador
Jorge Vargas Méndez.*
El feminicidio es un neologismo (o palabra inventada) y al igual que muchos otros surge a partir de la necesidad expresiva de toda población hablante. Desde el punto de vista lingüístico, el neologismo es producto de un variopinto de factores o procedimientos de los cuales los más frecuentes son: por analogía (churria, chapalear, etc.), por aglutinación (sambenito, correveidile, huelepega, caquegato, etc.), por diminutivo (chiquitiyo, voladito, etc.), por desconocimiento del idioma o lengua (caparacho, erutar, etc.), por etimología, etc.
El vocablo feminicidio es un claro ejemplo de neologismo creado por etimología y el procedimiento latino-español de construcción léxica; procede de las voces latinas: femina (mujer), del que deriva femininus (femenino: relativo a la mujer), y caedere (matar). Por tanto, expresa claramente un significado básico: matar a una mujer.
Y así, en todo diccionario debería leerse: Feminicidio. Acción de matar a una mujer. Feminicida: Se dice de quien causa la muerte de una mujer; se dice de algo que ocasiona la muerte de una mujer (por ejemplo, el arma feminicida). Es decir, femininus (de femina) + cidium (de caedere) = feminicidium o, en español, feminicidio. El procedimiento de creación de este vocablo es el mismo aplicado en casos como feminidad, feminizar y feminización. Y claro, con otro sufijo, por lo que el significado es distinto.
Debido a la acertada construcción del vocablo en cuestión, el escritor y lingüista Carlos Montemayor, quien lamentablemente murió en marzo recién pasado, solicitó en 2007 su adopción ante la Academia Mexicana de la Lengua, cuyo pleno no tardó en reconocer públicamente “su idoneidad léxica y su impecable composición”.
En la propia España, es el término utilizado para aludir al crimen que designa. Por ejemplo, el escritor y periodista Xavier Caño Tamayo, en su reciente artículo “Neomachistas y criptomachistas”, al referirse a la situación de las mujeres de España y la Unión Europea, entre otras cosas dice: “(…) Simulan apreciar la igualdad entre hombres y mujeres (sólo de boquilla), pero socavan los pasos reales que aportan igualdad (…) Pero nunca aportan datos, sólo titulares. La cruda realidad de los hechos (malos tratos, feminicidios, pobreza y desigualdad, ninguneo social), ni tocarla (…)”.
De ahí que, en consecuencia, se justifique la adopción y uso del vocablo feminicidio, que además es un neologismo latinoamericano. Ese respaldo lingüístico no logra el vocablo “femicidio”. Inicialmente éste fue creado por analogía de la voz inglesa homicide, pero a Latinoamérica llegó como anglicismo y como tal dotado de un significado también análogo: matar a una mujer, y como en inglés la raíz fem también forma el sustantivo female (hembra), incluso podría indicar “matar a una hembra”.
Sin embargo, el principal escollo del vocablo está en algo que una de sus iniciales promotoras pronto advirtió: femicide, sólo alude al asesinato de una mujer y, por tanto, simplemente se homologa al concepto homicide. Por eso ella misma lo desechó y adoptó el concepto feminicidio en sus siguientes libros, artículos y ponencias.
Probablemente una razón por la cual la autora Diana Russell habría descartado el concepto aludido, se encuentre en lo siguiente: “(…) Femicidio: Se denominan los asesinatos de mujeres considerándolos como homicidio, sin destacar las relaciones de género, ni las acciones u omisiones del Estado. Es decir, son los asesinatos contra niñas y mujeres que se sustentan en violencias que acaecen en la comunidad y que no van dirigidas a las mujeres por ser mujeres independientemente de que los hayan cometido hombres, pero tienen consecuencias irremediables para ellas, y que deben ser tomados en consideración para efectos de prevención y erradicación de la violencia comunitaria (…)”.
En cambio, el concepto feminicidio que venía promoviendo una colega suya mexicana, era definido de la siguiente forma: “(…) El feminicidio es sistémico, es el asesinato de una niña/mujer cometido por un hombre, donde se encuentran todos los elementos de la relación inequitativa entre los sexos: la superioridad genérica del hombre frente a la subordinación genérica de la mujer, la misoginia, el control y el sexismo. No sólo se asesina el cuerpo biológico de la mujer, se asesina también lo que ha significado la construcción cultural de su cuerpo, con la pasividad y la tolerancia de un Estado masculinizado (…)”.
Así pues, el concepto feminicidio evoluciona de la mano con la antropóloga, feminista y política mexicana Marcela Lagarde y de los Ríos, quien latinoamericaniza el vocablo al investigar el asesinato de mujeres en Ciudad Juárez, México (http://palabrademujer.wordpress.com/ 2010/05/09/el-tema-femicidio-feminicidio-presente-en-la-opinion-publica/).
Actualmente, el concepto feminicidio es producto del desarrollo de las ciencias sociales y un aporte teórico de diversos autores y autoras que han estudiado la problemática.
Aplicando el concepto feminicidio en algunos casos recientes
¿Cómo identificar pues, al feminicidio? Esa dificultad la tiene el jefe de la Policía Nacional Civil (PNC), de San Miguel. En declaración a la prensa publicada el 1 de mayo pasado (EDH), dijo: “Las mujeres no son asesinadas por ser mujeres, sino por estar ligadas a pandillas o a las drogas”. Es evidente que emitió un juicio a priori, porque para hacer esa afirmación la institución que representa y la Fiscalía General de la República, antes deben investigar científicamente cada caso y, preferentemente, aplicando como herramienta de análisis el enfoque de género. Veamos por qué.
Para empezar, en toda sociedad culturalmente masculinizada o sexista como la nuestra, las relaciones de poder entre ambos géneros son desfavorables para las mujeres. Y sólo dicho factor hace que cada muerte violenta femenina a manos de un hombre sea feminicidio, independientemente de que éste se registre en un contexto de pandillas, tráfico de drogas, delincuencia, etc. Si en el ámbito familiar, ante la falta de equidad e igualdad en las relaciones intergenéricas y otras razones más, los hombres ejercen su superioridad y asumen como “propiedad” o “dominio” a niñas y mujeres, no puede esperarse que ese tipo de percepción esté ausente en grupos que operan al margen de la ley.
Un caso que ilustra claramente el feminicidio en el ámbito de las pandillas, aparece en nota periodística del 16 de julio pasado (EDH). Tras la captura de un pandillero, apodado “El Escrapy”, en San Francisco Gotera, departamento de Morazán, las autoridades revelaron que el sujeto asesinó con lujo de barbarie a una mujer integrante de la misma pandilla, que a la vez era su compañera de vida. Y agrega la fuente: “(…) Las investigaciones indican que el sujeto tenía adicción por los desmembramientos de personas, principalmente, si las víctimas eran mujeres (…)”.
Como puede notarse, el crimen habría sido cometido a partir de “la superioridad genérica del hombre frente a la subordinación genérica de la mujer, la misoginia, el control y el sexismo”.
Esto es: “La mujer es mía y hago con ella lo que quiero, incluso quitarle la vida”. Y su reincidencia en el delito, así como el desmembramiento de cuerpos, pone en evidencia una conducta misógina o de odio hacia las mujeres. Otros feminicidios en el mismo ámbito de las pandillas, saltaron a luz en nota periodística de 14 de junio pasado (LPG). En esos casos, las mujeres eran novias o compañeras de vida de pandilleros y éstos las asesinaron por supuesta infidelidad, que es una forma de reclamar “propiedad” sobre el cuerpo de las mujeres.
Así pues, constituye una ligereza afirmar que las mujeres no son asesinadas por razones de género sino por vincularse a grupos delincuenciales. Es como decir, lo que peligrosamente también ocurre, que son asesinadas porque visten de forma provocativa o caminan por lugares y horas que, supuestamente, son sólo para hombres. Según esa visión, ellas mismas buscan el riesgo y las causas de su asesinato.
Esa misma ligereza se comete al afirmar que la muerte violenta de una mujer obedece a una tragedia pasional, conflicto amoroso, etc., lo que no hace más que encubrir las verdaderas causas. De hecho, ese es otro factor que identifica al feminicidio, por cuanto tales razonamientos connotan que el asesinato de mujeres se comete “con la pasividad y tolerancia de un Estado masculinizado”, precisamente al suponer que ya no hay nada qué investigar.
Las agresiones verbales, físicas, psicológicas y sexuales que habrían padecido antes las víctimas, y que ya en sí mismas constituían delito, quedan definitivamente en la impunidad. Y el hecho de no haberlas visibilizado, de haberlas permitido, y no castigado oportunamente, permitió que finalmente se cometiera el feminicidio.
¿Hay o no responsabilidad del Estado? Claro que sí. La protección de las mujeres contra toda forma de violencia por razones de género con acciones de información y prevención es responsabilidad del Estado, así como aplicar todo el rigor de la justicia en cada caso denunciado o investigado de oficio por las instituciones competentes y, desde luego, es responsabilidad del Estado erradicar la impunidad feminicida mediante la aplicación irrestricta de las leyes vigentes y resarcir o hacer efectiva la reparación para las víctimas y sus familias.
Eso sí, parece que las autoridades no tienen mayor dificultad para identificar el feminicidio cuando ocurre en el ámbito familiar, aunque no lo llamen así y no tengan una explicación clara sobre las raíces objetivas de la problemática. Simplemente lo consideran la forma más extrema de violencia intrafamiliar, desde el limitado alcance con que se dotó la Ley contra la Violencia Intrafamiliar (1996).
En realidad, la muerte violenta de muchas mujeres a manos de sus cónyuges es precedida de episodios de violencia en el fuero familiar. Generalmente son agredidas por no atender adecuadamente a sus parejas, por salir del hogar sin su permiso, por celos o por negarse a tener relaciones sexuales íntimas, etc. Y muchas veces, cuando hay separación por decisión de la víctima o compartida, e incluso como efecto de medidas cautelares emitidas por algún tribunal de familia, esa violencia basada en el género no desaparece y puede culminar en feminicidio.
El 15 de junio de 2009, en Ciudad Delgado, una mujer fue asesinada con un destornillador por su ex pareja, debido a que ella se negó a sostener nuevamente relaciones sexuales con el feminicida (ContraPunto).
El caso anterior pone en evidencia además, que toda forma de violencia sexual contra las mujeres, incluida la violación, es claramente una antesala del feminicidio, pues este puede ser cometido para castigar el rechazo o para evitar la denuncia.
Analizando el proceso criminológico desde el enfoque de género, la muerte violenta de las mujeres siempre constituye feminicidio mientras no se demuestre lo contrario, pues aunque ocurriera en un accidente de tránsito o fuese cometido por otra mujer, no puede descartarse que exista la participación masculina indirecta o intelectual motivada por razones de género.
Durante 2010 las mujeres conformaron el 13.6% de las muertes violentas a escala nacional (592), a razón de 1.6 diarios, promedio que de hecho constituye feminicidio, pues para empezar el Estado no cuenta con una ley ad-hoc que reconozca o admita su existencia y que, en consonancia con la misma, obligue a las autoridades competentes a impulsar preventivamente diferentes acciones que garanticen a la población femenina, niñas y mujeres, una vida libre de violencia basada en el género, tanto en el ámbito privado como público.
* Escritor, miembro del Foro de Intelectuales de El Salvador.
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