Álvaro Uribe debe ser procesado por la Corte Suprema y no por la Cámara de Representantes

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Patricia Rivas*
Sandra Rocío Gamboa dice de sí misma que es "una simple abogada litigante", pero es de esa rara especie de abogados que cree y que lucha por la Justicia, comprometida con la verdad, capaz de contagiar a quien la escuche el respeto por el Derecho, incluso en un país donde la leguleyada ha sido, desde su fundación, la herramienta de opresión más extendida, y donde la ley se ha elaborado habitualmente a medida de la trampa.

Vinculada al Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, Sandra Rocio Gamboa pertenece a ese puñado de colombianos que no enfrentan la realidad del genocidio cotidiano recurriendo a la indiferencia, a la esquizofrenia de la Colombia virtual de la propaganda, sino al compromiso con las víctimas, a la defensa de la humanidad, al trabajo concienzudo, riguroso, y al coraje frente a las amenazas, más o menos veladas, de los victimarios, que en Colombia suelen ser muy "respetables".

Aprovechamos su paso por Madrid para pedirle la información que nos niegan los medios de comunicación, acerca de un proceso histórico que se desarrolla ante la Corte Suprema de Justicia contra quien fuera director del DAS (servicio de "inteligencia" presidencial) durante el mandato de Álvaro Uribe, por el asesinato de varias personas incómodas al régimen y que, previamente a su asesinato por estructuras paramilitares en connivencia con el DAS, fueron criminalizados y acusados de nexos con la insurgencia.

Una estrategia que fue exportada a América Latina y a Europa, con el sorprendente apoyo del aparato institucional de países como España y de la que han sido víctimas ciudadanos como Remedios García, que lleva dos años y medio esperando saber de qué se le acusa y poder defenderse, y en Venezuela el periodista colombiano William Parra, cuyo crimen consistió en cubrir la fuente de la insurgencia para contar la guerra en los más prestigiados medios de su país y negarse a revelar al otro bando beligerante la ubicación de su fuente.

Tras sobrevivir milagrosamente a un atentado mientras caminaba con su pequeña hija por la ciudad de Bogotá, y casi morir desangrado, solicitó asilo en Venezuela, donde tiene condición de refugiado. Allí ha seguido demostrando sus excepcionales dotes de reportero, ejerciendo el periodismo con el rigor y la garra que le valió el sobrenombre que le endosó Jaime Garzón antes de que los paramilitares lo asesinaran por el delito de sacarle los colores al establecimiento colombiano con su humor tan irreverente como sensible a la injusticia, y a quien los enemigos de la paz condenaron a muerte por su labor de facilitador para el intercambio humanitario en Colombia.

William Parra cubrió para TeleSUR la última invasión de Israel contra el Líbano, en verano de 2006, dotado con una cámara, un puñado de dólares recogido por sus compañeros y su saber hacer. Sin camarógrafo, sin chaleco antibalas, sin seguro médico. Quien conoce a William sabe que no come cuentos de agencia. Parra sabe que los conflictos sólo pueden contarse honestamente desde dentro, dándole la voz a todas las partes, y generalmente siempre hay voces que son silenciadas desde el cartel mediático. Es en ese límite donde se está en condiciones de descubrir los hechos ocultos, es decir, de informar.

Sin periodistas como William, sencillamente no es posible la democracia. Si la única versión que recibimos es la que el poder consiente, si nadie nos desvela lo que interesadamente se cubre, se silencia o se deforma, queda el totalitarismo. Ahora William Parra vuelve a ser perseguido por el Estado colombiano, que desde hace dos años le acosa con acusaciones en los medios de comunicación de "vínculos con el terrorismo", sin que hasta el momento haya podido conocer qué pruebas se tienen en su contra ni rendir declaración para defenderse de unos cargos que desconoce.

Es un misterio de dónde sacan los defensores de derechos humanos la energía para enfrentar cotidianamente al aparato de opresión que en Colombia aplica la violencia y extiende el terror, la pobreza y la muerte de forma estructurada, con una sistematicidad y en una dimensión no igualados en este siglo en América. Pero comenzar el año con la fuerza y la rectitud de esta "abogada litigante", se me antoja la mejor manera de proyectar una mirada esperanzadora para Colombia sin recurrir a la hipocresía. Porque la humanidad es posible, todavía, gracias a quienes la defienden cotidianamente.

Sandra Rocío Gamboa, extenuada por una agenda maratónica y el implacable frío de Madrid, recupera el brillo en la mirada apenas le preguntamos por sus defendidos, en una combinación entre indignación y esperanza en la Justicia.

Hace aproximadamente 9 meses que pasó por Madrid y en ese entonces estaba en pleno desarrollo el juicio contra Jorge Noguera Cotes, ex director del DAS. ¿Qué novedades ha habido y cuál es el estado de esta causa?

En el proceso desarrollado ante la Corte se pueden encontrar varias notas características. La primera, un respeto absoluto de parte de la Corte por la presunción de inocencia, por el desarrollo de un debate procesal legítimo, auténtico, legal, donde se permitió que la defensa practicara los medios de prueba que fueron solicitados; donde también se permitió esa posibilidad a los abogados de la parte civil que adelantamos el caso.

Por otro lado, también encontramos un recaudo, que podría ocupar aproximadamente 400 páginas de transliteración. Un recaudo de medios de prueba testimoniales que, incluyendo los medios que fueron presentados por la defensa, en realidad terminaron concluyendo en una prueba sólida de certeza absoluta sobre la responsabilidad de Jorge Noguera Cotes en los crímenes imputados. Yo destaco mucho cómo, a través de los interrogatorios de los sujetos procesales, fue posible llegar a una verdad consideramos no solamente procesal, sino además material. Pudimos evidenciar relaciones, hasta ahora desconocidas para nosotros entre dos de los asesinatos. Me refiero en específico al homicidio del Dr. Fernando Pisciotti Van Strahlen y al homicidio del profesor Alfredo Correa Andreis. Se pudo determinar la vinculación en estos dos crímenes de miembros del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), coincidencias entre los casos como la previa judicialización. En el caso del Dr. Correa Andreis la previa judicialización de él mismo, y en el caso del Dr. Pisciotti, la previa judicialización de dos de las personas más cercanas.

Asímismo observamos el ejercicio de un desarrollo absolutamente dialéctico y de un trabajo esforzado de la fiscal, la doctora Ángela María Buitrago. Lamentablemente, el resultado y lo que se recibió, a pesar de esto, es que la doctora Ángela María Buitrago fue retirada de la fiscalía, y se perdió la posibilidad de contar con una mujer que conocía profundamente el caso, una mujer muy inteligente, muy activa en el proceso, y lo más lamentable de esto es que sale por decisión del fiscal encargado y salen imponiendo un manto de duda sobre el desarrollo de su gestión, cuando ha sido y es reconocida en todos los niveles como una fiscal absolutamente activa, que movía sus procesos y llevó a la cárcel a muchísimos militares. Esta fiscal fue retirada del caso por el Fiscal General de la Nación, quien adujo supuestas razones de falta de resultados en los procesos. Afortunadamente, recientemente ha salido una decisión del Consejo de la Judicatura que resalta que no existe tal valoración en el trabajo de la doctora Ángela María Buitrago Ruiz. No obstante, ella ya no es funcionaria de la Fiscalía, y con ello, se ha perdido una mujer absolutamente valiosa y una funcionaria administradora de Justicia, estructural en la lucha contra la impunidad en Colombia.

-Quería preguntarle también por el caso de nuestro colega William Parra, un periodista que tuvo que salir de Colombia precisamente temiendo por su vida, después de sufrir un atentado muy grave por su compromiso con la verdad del pais, y en este momento está enfrentando cargos muy graves. ¿En qué punto se encuentra su caso?

-Le agradezco la pregunta, porque permite aclarar además en el contexto de las preguntas anteriores un equívoco que se ha querido mantener, y es tratar de parangonar la situación de María del Pilar Hurtado con la situación de William Parra. Incluso esto lo ha dicho el mismo Álvaro Uribe Vélez en varios escenarios en Colombia y a través de los medios de comunicación. William Parra es un periodista independiente, es un hombre que hace el ejercicio crítico de su derecho que, a nuestro juicio es el único sentido ético de una labor periodística. William Parra salió de Colombia hace ya varios años, porque iba a ser asesinado. Él salió después de haber sufrido un atentado del cual se sobrepuso milagrosamente, y que en las condiciones en que se presentó, él no duda en atribuir a presiones recibidas en días anteriores al atentado para suministrar la ubicación de sus fuentes periodísticas.

Para mí es muy impresionante como abogada de William Parra observar cómo la humanidad de William no sólo lleva las cicatrices del intento de asesinato del que fue víctima, sino que, en este momento, su humanidad también es perseguida. Después de que él debe salir del país es que la Policía Nacional envía una comunicación sugiriéndole que debía buscar protección para su vida y que la policía se la llegaría a ofrecer. Ahora está a instancias de lo que no dudamos en catalogar de un montaje judicial, siendo, al parecer, procesado, también por el ejercicio de su labor periodística.

¿Y por qué digo al parecer? Contra William Parra se abrió un sumario hace aproximadamente dos años. Desde el momento en que este sumario se abrió y ya puedo hablar de esto en la medida en que ha sido objeto de otro tipo de acciones constitucionales y no estaría violando ningún tipo de reserva, William manifestó a través mío su interés en ser escuchado en diligencia indagatoria. Interés que, según la Fiscalía, ellos también compartían. La indagatoria bajo el régimen de la Ley 600 de 2000 se concibe como un mecanismo de vinculación de la persona al proceso, pero también se concibe como un mecanismo, ante todo, de defensa judicial. Y debe ser aplicado en relación con todos los medios de prueba que se hayan obtenido hasta ese momento. Y esa obligación de mostrar los medios de prueba, de conocer lo que se enrostra en contra de cada ciudadano se mantiene durante todo el procedimiento de Ley 600.

Inmediatamente se tuvo conocimiento del caso, se solicitó copia espejo de todos los medios de prueba obrantes frente a William Parra, y durante dos años largos se nos negaron de una y otra forma. Y eso no fue lo único que hicieron: hubo varios interregnos, períodos de tiempo en que se nos escondieron los cuadernos del proceso y se obligó a William Parra a presentar una acción de tutela para que fuesen respetados sus derechos al debido proceso y a la defensa. Esta tutela fue ganada, fue decretada por el Tribunal Superior de Bogotá y parcialmente cumplida por la unidad de Terrorismo de la Fiscalía General.

Inmediatamente sale el fallo de tutela, observamos que, a pesar de que en el trámite de la tutela, el fiscal había decretado unos medios de prueba, no se había pronunciado sobre la totalidad de los medios de prueba solicitados por la defensa. En esa medida, envié una comunicación al fiscal, solicitándole que se pronunciara sobre un medio de prueba que no había dicho si se negaba o si se admitía. La respuesta a partir de allí fue una serie de resoluciones del fiscal donde me maltrató, como profesional y como mujer. Llegó a tal profusión de resoluciones, que empezó a levantar calumnias en mi contra. Esta era una estrategia de la fiscalía para, mientras me maltrataba a mí, seguir vulnerando los derechos de William Parra.

Con posterioridad a ello, se venció el término que legalmente la fiscalía tenía para instruir el caso. Se vencieron los 18 meses. Dice la ley que una vez pasado este término, el fiscal tiene la obligación de tomar una decisión sobre el estado del sumario y llamar a juicio o archivar la investigación. Aquí lo que hizo el fiscal, al parecer, fue variar los procedimientos. Y nos hemos enterado a través de los medios de prensa de que ha solicitado una orden de captura contra William Parra, audiencia de orden de captura a la que no hemos podido tener acceso porque existe una supuesta reserva sobre estas diligencias por especificaciones de la Ley. Son audiencias reservadas a las que sólo podría tener acceso el fiscal. Y que la posibilidad para indagar qué fue lo que dijo este fiscal.

Es absolutamente contradictorio que, sin haber declarado la nulidad en el proceso anterior, de un momento a otro, resultemos en este proceso. No tenemos ni idea de qué fue lo que dijo este fiscal para hacer entrar muy posiblemente a error a un juez de la República que ha ordenado en este momento la captura de William Parra. William, con mucha anterioridad, había recibido el refugio de Venezuela, dado en conformidad con la ley y con el Derecho Internacional, que pone en evidencia que la situación de William es la de un perseguido político y, particularmente, la persecución contra un periodista por no querer ceder a su obligación-derecho de reserva de la fuente.

En este momento, estamos en esta situación. No sabemos qué tipo de argumentaciones fue las que presentó el señor fiscal, pero estamos insistiendo en el acceso a estas audiencias para entender y para aclarar qué fue lo que sucedió y cómo, una orden de captura que no cumplía los requisitos, a nuestro juicio no tenía cabida y cómo, de un momento a otro, se ha variado: antes el proceso se adelantaba por rebelión y ahora se han introducido otros delitos que es, lamentablemente, una estrategia consolidada dentro de la unidad de Terrorismo de la Fiscalía en casos contra periodistas independientes, contra campesinos, contra dirigentes sociales, o contra académicos, como el profesor Miguel Ángel Beltrán, que aún hoy, culminando el juicio, no ha tenido acceso a ningún medio de prueba de los que dicen que fueron hallados en los supuestos computadores mágicos de Raúl Reyes.

*Periodista española, publicado en Rebelión

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