Argentina. – AMIA: LA DIFÍCIL ESPERA POR JUSTICIA

1.533

Aparecida en la revista Piel de Leopardo, integrada a este portal.

I.- EXORDIO

Los señores fiscales de esta causa, en un dictamen inaudito, han solicitado el rechazo del pedido de sobreseimiento que presenté el 3-12-06 a favor de mis defendidos Alberto Kanoore Edul y Alberto Jacinto Kanoore Edul.

A su vez, el señor juez ha hecho suyo dicho dictamen y ha denegado el sobreseimiento aludido.

Las graves irregularidades con que los fiscales y el juez han fundamentado ese rechazo me llevan a manifestar mi total desacuerdo y mi formal protesta, así como a adoptar las medidas que la ley me permite en busca de una solución justa que, lamentablemente, no logro obtener en esta causa.

Parto de la base de que la denegación del sobreseimiento no es apelable. Y ello, que en condiciones normales y racionales, es lógico, se ha transformado, por la indebida y abierta manipulación que sufre esta causa, en motivo de graves injusticias y atropellos manifiestos que caen sobre mis defendidos.

En efecto, en base a la sempiterna y amañada excusa de que aún hay investigaciones en vías de producción, mis defendidos llevan 12 años y medio en la total incertidumbre y con su buen nombre y honor, y su patrimonio y su paz familiar destruidos. Para ello, no hay indemnización dineraria que alcance, si alguna vez se logra. Han destruido años y años de vidas, de adultos, de ancianos y de niños que han crecido con el estigma de que su padre, su tío o su abuelo son terribles criminales terroristas. Y lo son, sólo porque hubo y hay jueces y fiscales que los han acusado falsamente (por motivos que a esta altura son ya inconfesables) y han mantenido su acusación (o sospecha al menos), a lo largo de tan prolongado lapso, sin pruebas y sin indicios serios que avalen su conducta persecutoria.

En estas circunstancias, recordar el plazo de cuatro meses que fija el art. 207 del CPPN para cerrar la investigación, y sus reducidas prórrogas, constituye un verdadero sarcasmo, y una desgraciada muestra de hasta dónde ha descendido la Justicia argentina en el caso AMIA. Reitero, mis defendidos soportan desde hace 12 años y medio la persecución implacable, sorda e insensible de jueces y fiscales. Es decir, han sido perseguidos durante un lapso que es 38 veces superior al fijado por el art. 207 para la investigación, y 19 veces si se cuentan las prórrogas excepcionales permitidas.

Lo más grave, como índice de esa persecución, son los motivos baladíes y aún absurdos que se adujeron en cada ocasión para perjudicar a mis defendidos y pedir una y otra vez las prórrogas, que suman ya 11 y que siempre fueron concedidas generosamente (hasta por 180 días hábiles, es decir, casi un año cada una de ellas) por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones.

Dos ejemplos ayudarán a comprender la gravedad y hondura de este atropello.

II.- EDUL PADRE Y LA MENTIRA DE LA DRA. GARRÉ

En 2001, durante el gobierno del Dr. Fernando De la Rúa, la entonces presidenta de la Unidad Especial de Investigaciones sobre el atentado a la AMIA del Ministerio de Justicia, y actual ministro de Defensa, Dra. Nilda Garré, envió una nota al juez Dr. Juan José Galeano solicitándole se practicara una pericia caligráfica sobre la agenda de Edul hijo, para verificar si en ella había grafías de Edul padre porque, adujo (falsamente), así lo había dispuesto la Excma. Cámara de Apelaciones.

El juez Galeano dictó un auto en el que aclaró que eso no era cierto, pues la Cámara nada había expresado al respecto (es decir, que la Dra. Garré estaba mintiendo en un documento público). Pero, en un acto de total falta de entereza, y sólo «para deslindar inquietudes» (textual) ordenó dicha pericia y, por si fuera poco, citó a Edul padre a indagatoria. El atropello y la inconducta del juez y de la actual ministro de Defensa en ese episodio fue de tal magnitud y de tanta gravedad que cuesta creerlo. De todos modos, de esa declaración y de tal pericia surgió la total y clara desvinculación de Edul padre de cualquier sospecha en esta causa. Sin embargo, el juez se negó a sobreseerlo, le dictó la falta de mérito y, desde entonces (van seis años) han sido inútiles nuestros esfuerzos por obtener su sobreseimiento, a pesar de que Edul padre es hoy un anciano de 83 años, enfermo de gravedad.

No sólo falta justicia, sino también la más elemental sensibilidad humana y el mínimo respeto por los derechos humanos de los Edul («A Edul lo dimos vuelta sólo por portación de apellido árabe y musulmán» reconoció el Dr. Galeano ante el Consejo de la Magistratura en noviembre de 2005).

III.- INVESTIGACIONES ABSURDAS E INTERMINABLES

El segundo caso paradigmático de lo que vengo afirmando lo constituyen las numerosas veces en que se han dispuestos «las últimas investigaciones», que nunca son las últimas pero sí absurdas en su mayoría. La lista es insólita:

1.- El primer juez de la causa Dr. Galeano dispuso numerosas medidas de investigación entre 1994 y 1997, que abarcan 3.000 fojas (6.000 páginas). En 1997 las reactivó (2.000 fojas, 4.000 páginas, más) sólo por la aparición de un libro (?AMIA, el atentado?) escrito por un empleado a sueldo de la DAIA (Juan José Salinas), querellante en autos, y financiado por dicha institución, en el cual se acusaba falsamente a Edul por el atentado a la AMIA.

Cuando concluyeron todas esas investigaciones, en 2001, el juez Galeano dictó la falta de mérito de Edul, y los querellantes (AMIA y DAIA) apelaron, pidiendo el procesamiento de mi defendido.

2.- Ante ello y siempre en 2001, la Excma. Cámara de Apelaciones confirmó la falta de mérito y denegó el sobreseimiento hasta tanto se efectuaran otras diez investigaciones más, que detalló en su fallo. Ese mismo año, la Dra. Garré mintió ante el juez Galeano, y por eso fue indagado Edul padre y mantenido desde entonces con falta de mérito.

3.- En 2001 también, recrudeció la campaña política (de baja política) del Poder Ejecutivo Nacional, y del partido o alianza al cual pertenecían sus integrantes, tendiente a vincular al ex presidente Carlos Menem con el atentado a la AMIA. Para ello se usaron todas las artimañas, por bajas y vergonzosas que fueran, para crear falsa y maliciosamente una «complicidad» entre mis defendidos y Menem.

En esa campaña participaron, insólita y bochornosamente, altísimos funcionarios oficiales, entre ellos la citada Dra. Garré (diputada nacional y luego presidente de la UEI), la entonces diputada y actual senadora nacional Dra. Cristina Fernández de Kirchner, etc. El hecho desencadenante de esta etapa de investigación kafkiana fue la denuncia de la Sra. Cristina de Kirchner, sobre una supuesta llamada que habría efectuado en agosto de 1994 Munir Menem (hermano de Carlos) para interceder por Edul ante el juez Galeano, y que éste desmintió terminantemente.

Con ese motivo, se abrió un nuevo, intenso y enmarañado curso de investigación, a pesar de que, aun si fuera real esa llamada, en nada incidió ella sobre la suerte de Edul, pues éste fue investigado hasta el hartazgo aún a posteriori de ese hecho (insisto, 5.000 fojas –l0.000 páginas– por el Dr. Galeano, y las restantes 15.000 fojas –30.000 páginas– por los Dres. Canicoba Corral, Nisman y Martínez Burgos). Es decir, si hipotéticamente existió la llamada de Munir Menem al Dr. Galeano, ella no influyó en absoluto sobre este proceso: igual a Edul «lo dieron vuelta» por ser árabe y musulmán.

4.- Cuando el caso pasó a manos del actual juez Dr. Canicoba Corral (2004), las diez investigaciones ordenadas por la Cámara de Apelaciones ya estaban concluidas, con resultado cero. Pero el nuevo juez dispuso otras frondosas investigaciones, en agosto de 2004, que también están totalmente finiquitadas, y también con resultado cero.

Entre tales investigaciones del juez hay una digna de ser destacada. En 1984 (diez años antes del atentado) Edul compró un barco deportivo de poca envergadura, que estaba surto en el puerto de San Fernando. El barquito apenas si podía navegar por los canales del Delta y quizás un poco más. Edul lo vendió en 1985. El Dr. Canicoba Corral dispuso que se investigara todo acerca de ese «peligroso» barco, porque «con él Edul podría haber viajado a la Triple Frontera?» Inmediatamente presenté al Juzgado los comprobantes de la venta de ese barco por parte de Edul en 1985. Nunca más el juez volvió a mencionar el «peligroso» barco de Edul, y su eventual incursión a las Cataratas del Iguazú, montado en esa cáscara de nuez.

5.- Y a principios de 2005, los señores fiscales Dres. Nisman y Martínez Burgos a cargo de la Unidad Fiscal de Investigaciones AMIA, apenas asumieron dispusieron más y numerosas investigaciones. Sólo como un par de ejemplos de sus tantas disposiciones al respecto, resumo:

5.1.- Uno de ellos: El 27-6-05, a fs. 18.500 ordenaron:

5.1.1.- Que se les remitan los datos de todos los policías que intervinieron en el allanamiento a los domicilios de Edul? once años antes. Luego los citaron a todos (al menos 15) a declarar como testigos sobre lo que vieron y escucharon? once años antes. Todos declararon, y nada surgió contra mi defendido. Resultado: cero.

5.1.2.- Que se les remitan las agendas de Edul (¡otra vez!), el análisis efectuado por la SIDE sobre ella, la documentación que había presentado un banco 13.000 fs. antes, así como copias de las declaraciones de Stiusso y otro espía ante el TOF3. También solicitaron la lista de pasajeros de un vuelo de LAPA a Formosa, donde Edul había vendido una partida de frazadas unos 15 años antes, y que ya había sido investigado, «porque Formosa está cerca de la Triple Frontera», al parecer… En realidad, la ciudad de Formosa está a 300 kilómetros de Puerto Iguazú-Foz de Iguazú-Ciudad del Este (donde la CIA-Mossad-SIDE han «descubierto» células somnolientas de Hezbollah) pero para los fiscales, vender frazadas a 300 kilómetros de la Triple Frontera 15 años antes del atentado a la AMIA es señal de terrorismo –o muy sospechoso de ello al menos.

Las investigaciones efectuadas en este último punto son un caso arquetípico (uno de los tantos) de lo que vengo sosteniendo sobre la absurda frondosidad (por decir lo menos grave) de esta instrucción: hotel donde se alojaba el empleado de Edul (porque Edul en persona no viajó jamás a Formosa), pasaje de todas las compañías aéreas, local donde se vendieron las frazadas, metros de distancia entre el hotel del empleado y el local de venta, nombre de todos los «contactos», etc., etc., fueron objeto de la lupa deformadora de los fiscales. Cientos y cientos de fojas. Resultado: cero.

5.1.3.- Reabrir la vergonzosa investigación sobre el Dr. Sami Amado, aquel médico que una mujer de Neuquén dijo que le parecía haber visto entre los escombros de las Torres Gemelas, y que fue forzada (literalmente hablando) a declarar por un agente de la DEA norteamericana y de la SIDE. Se descubrió que todo fue armado falsa y maliciosamente por el agente de la DEA y de la SIDE. Resultado: tema archivado, pero sin aceptar mi pedido de investigar al agente armador de pruebas falsas, ¡»por considerarlo innecesario»! Resultado: cero y bochorno.

5.1.4.- Que se investigue una intrascendente diferencia entre las declaraciones de Edul y las de un testigo. Resultado: cero.

5.1.5.- Que se interrogue a otras cuatro personas, como testigos de ? nunca pudimos saberlo. Resultado: cero.

5.1.6.- Que se investigue nuevamente a todas las empresas de Edul. Resultado: cero.

5.1.7.- Que se les remita el boleto de compraventa de la Trafic, y se haga una pericia caligráfica sobre él para determinar si contenía la letra de Edul o la de sus familiares y allegados: 14 en total. Resultado: cero.

5.1.8.- Siguen medidas de rutina, y más (muchos más) pedidos sobre escuchas telefónicas. No he contado la cantidad de líneas que detallan para ello, pero baste decir que la transcripción de sus números, uno tras otro y sin solución de continuidad, abarca una página y algo más de este alucinado escrito de los fiscales. Resultado: cero.

5.2.- A fs. 19.060 consta un nuevo requerimiento de los fiscales de fecha 18-7-05, en el que solicitan a los técnicos de Tribunales informar sobre ?las llamadas entrantes y salientes, efectuadas desde 1992 a la fecha (¡13 años!), de la totalidad de las líneas telefónicas que posean o hayan poseído Edul ¡y 22 de sus relaciones! El dislate y la ridiculez de este pedido fueron tan grandes, que la oficina encargada de los controles telefónicos en el Poder Judicial solicitó a los fiscales reducir en algo su pedido pues, «para cumplimentarlo se necesitaría dedicar durante un año todo nuestro personal y todos los equipos disponibles». Los fiscales redujeron un poco los años de su pedido, pero lo mantuvieron. Resultado: cero.

El 6 de febrero de 2006, los fiscales detallaron en una resolución especial las investigaciones que faltaba completar. Sobre los Edul ya no quedaba nada por hacer ni por investigar. Todas las averiguaciones faltantes al 6-2-06 estaban dirigidas exclusivamente a investigar la supuesta llamada de Munir Menem al Dr. Galeano. Pero Edul nada tiene que ver con ella. Es un asunto entre Munir Menem y el Dr. Galeano, del cual mi defendido es ajeno. Además, con llamada o sin ella, Edul fue investigado tan exhaustivamente como he demostrado y nada se encontró que hiciera sospechar de él.

Es inocente, haya existido o no la comunicación del hermano del ex presidente con el juez, y eso es lo único que interesa en esta causa. Si se desea investigar a Munir y a Carlos Menem por el delito que fuere, ábraseles una causa ad-hoc, pero no la usen como pretexto para negar el sobreseimiento de los Edul. Porque, ¿para qué tanta investigación sobre esa llamada, si no es exclusivamente con fines de baja política que a Edul no le incumbe? ¿Cómo se justifica que por tales investigaciones se postergue el sobreseimiento de mis defendidos?

Aun así, el 6-2-06 los fiscales ordenaron, a todas las empresas de telefonía actuantes en Capital Federal y Gran Buenos Aires, que les enviaran la lista íntegra de llamadas telefónicas entrantes y salientes entre el 1º-10-93 y el 31-12-94, de unos 150 números de teléfonos cuya lista se transcribía. Además, solicitaron a las compañías telefónicas averiguar si Munir Menem, los Edul, sus familiares cercanos y lejanos, sus amigos, empleados, etc., etc., y hasta un ignoto restaurante árabe (El Sultán) habían poseído otras líneas telefónicas en ese lapso.

El 4 de diciembre de 2006 los fiscales recibieron la última respuesta a esa interminable lista de preguntas. No había un solo dato que pudiera hacer sospechar, aunque fuere leve y lejanamente, de la culpabilidad de mis defendidos, ni de la famosa llamada denunciada por la Sra. de Kirchner. La persecución contra los Edul debía llegar a su fin. Ya no quedaba nada, absolutamente nada por investigar sobre ellos, e incluso sobre los Menem. Ése fue el momento en que solicité el sobreseimiento de los Edul.

Pero la investigación había concluido para cualquier persona sensata que buscara sólo la justicia y la verdad. No para los fiscales y el juez. Su respuesta fue:

1.- Se reconoce que la investigación lleva ya mucho tiempo.

2.- Aun así, «se considera prematuro dictar el sobreseimiento de los Edul» por cuanto:

2.1.- Todavía no ha vencido la prórroga del período de investigación otorgada por la Excma. Cámara. Primera y garrafal falla jurídica: el Código Procesal Penal no exige esperar hasta que finalice ese plazo para sobreseer a un inocente, sino que los fiscales y el juez tienen la obligación (no sólo la facultad, sino la obligación legal) de sobreseerlo apenas quede en claro su inocencia. Caso contrario, se estaría incurriendo en los delitos de abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

2.2.- Y lo más grave aún: Se niega el sobreseimiento porque «faltan investigaciones» (así en el aire), cuando en realidad no falta ninguna, «particularmente lo concerniente a las diligencias que lleva a cabo la SIDE?»(textual).

Conviene recordar que:

2.2.1.- Hay sobrada y pacífica jurisprudencia y doctrina sobre que las investigaciones de la SIDE no pueden ser usadas como pruebas para inculpar a un imputado.

2.2.2.- Según el diario La Nación del 20-5-05, la SIDE entregó en esos días al Juzgado 1.740 carpetas, con 400.000 fojas, con una cantidad y variedad impresionante de investigaciones. Es decir, la SIDE ya en mayo de 2005 había investigado a Edul hasta el hartazgo con resultado cero.

2.2.3.- A fs. 17.496, consta que el 23-10-03 el juez Galeano reconoció que de tales investigaciones de la SIDE ?surgen diferentes circunstancias que no se ajustan a la realidad?. ¡Vergonzoso! –pero no para los fiscales y el actual juez.

Aun así, para los fiscales Nisman y Martínez Burgos y para el juez Canicoba Corral, ¡falta que la SIDE «termine» de investigar a los Edul, es decir, que esa repartición de espías dé su «consentimiento»para sobreseer a los Edul!

Ante tanta arbitrariedad, nadie puede ofenderse si seguimos el argumento hasta el final:

a)- La SIDE produjo su informe en enero de 2003.

b)- En él se han basado casi exclusivamente las investigaciones ordenadas y las otras disposiciones de los fiscales y del juez contra los Edul durante estos largos cuatro años.

c)- Oficialmente se ha reconocido que tal informe de la SIDE es sólo la transcripción de un informe de la CIA norteamericana, con la inclusión de algunos datos aportados por el Mossad israelí.

d)- A su vez, el informe de la CIA-Mossad es totalmente confidencial y secreto, al punto de que sólo ha podido leerlo el Ing. Antonio Stiusso de la SIDE; ni el juez, ni los fiscales, ni el presidente de la Nación, siquiera, han podido acceder a él por prohibición expresa del gobierno norteamericano.

La pregunta final y definitoria es insoslayable:

¿Los Edul deberán esperar para ser sobreseídos a que así lo autorice la CIA, el Mossad y sus respectivos gobiernos?

Yo no estoy en condiciones de responder esa pregunta. Los fiscales y el juez, sí.

Presento este escrito ante el juez y los fiscales, con copia a la Excma. Cámara de Apelaciones, al solo efecto de dejar sentada mi posición y para que sirva como testimonio para el futuro, pues tengo la creencia de que deberé buscar Justicia en otro Tribunal, nacional o extranjero.

Por ello mismo, no lo concluyo con el acostumbrado «Proveer de conformidad SERÁ JUSTICIA». Para los Edul, en esta causa no hay Justicia, ni la habrá mientras la CIA y el Mossad tengan la batuta.

Juan Gabriel Labaké

Presentado ante la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Federal-Sala I, ante el juez Dr. Rodofo Canicoba Corral, y ante los fiscales Alberto Nisman y Marcelo Martínez Burgos, el 7 de marzo de 2007.

———————————

jglabake@telered.com.ar.

También podría gustarte
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.