Chile, caso del alimento mortal: el niño cuya muerte es un símbolo de la desidia oficial
Rodolfo Novakovic.*
Cuando se produjo una serie de muertes de enfermos que se alimentaban con Nutricomp-ADN, la primera conclusión fue la de un infortunio colectivo debido a un producto que no cumplía los estándares prometidos; un análisis más profundo, empero, parece destapar incompetencia de los organismos públicos, probable encubrimiento, contrabando… La muerte de un niño es quizá el hilo conductor que devela la existencia de un infierno que acaso se quiera ocultar.
La Tetralogía de Fallot es una enfermedad cardíaca congénita que se produce o por alcoholismo materno, o por ser la madre mayor de 40 años, o por haber sufrido enfermedades virales durante el embarazo; se manifiesta por cuatro defectos en el corazón del recién nacido: comunicación entre los dos ventrículos, estrechamiento de la arteria pulmonar (estenosis pulmonar), cabalgamiento de la aorta sobre el ventrículo derecho y la comunicación entre ventrículos, e hipertrofia (agrandamiento) del ventrículo derecho.
Por otro lado, ciertos hongos —principalmente de transmisión sexual en mujeres, que principalmente afectan las zonas húmedas y cálidas de la piel— provocan lesiones cutáneas, provocan la denominada candidiasis.
El niño MTP nació con la cardiopatía congénita ya descrita, y con una candidiasis que le significó perder tres falanges de la mano derecha, a horas de su nacimiento. Adicionalmente, y durante los primeros cuatro años, MTP fue sometido a diversas intervenciones quirúrgicas para corregirle atresias y fístulas traqueoesofágicas (t-e). Las últimas dos operaciones, para supuestamente corregir una fistula t-e reabierta, se efectuaron a fines de noviembre y el 10 de diciembre de 2007.
Nada en la historia clínica N° 274322 demuestra que el menor haya nacido con un riñón faltante, como tampoco se establecen problemas renales asociados durante su corta vida. No obstante, catorce días después del fallecimiento, cuando el día 24 de enero de 2008, el fiscal Gutiérrez, de Las Condes, ordena exhumar el cadáver de MTP para que se practique una autopsia y se emita el correspondiente informe tanatológico, el Servicio Médico Legal detecta que al menor le falta un riñón (que el niño es monoreno).
Al observar la ficha médica se puede apreciar que faltan los exámenes de cultivos entre el 10 de diciembre de 2007 y el 10 de enero de 2008, así como tampoco se acompañan los exámenes renales respectivos. A pesar que el niño MTP fue dado de alta el 18 de diciembre de 2007, no se incluyen los exámenes ni controles practicados antes del alta, quedando sólo establecido los fármacos y alimentos que le fueron prescritos.
El niño reingresa de urgencia a la Clínica Alemana de Santiago (CAS) con fecha 10 de enero de 2008 a las 15:30 hrs, no quedando establecido, descritos ni acompañados los exámenes ni los controles practicados en el menor entre la hora de ingreso y las 19:30 hrs, es decir, por cuatro horas completas.
Las únicas dos kalemias (valores de potasio en sangre) que se acompañan en la historia clínica corresponden, respectivamente, a 15 minutos, y a 2 horas quince minutos, antes de su fallecimiento sucedido a las 21:45 de aquel día. No obstante, en la ficha clínica se demuestra que, a pesar que los médicos le administraron bolos de potasio para corregir la kalemia, el menor siguió mostrando una insólita baja de potasio en su sangre.
En efecto, si a las 19:30 el potasio en su sangre indicaba un valor muy bajo de 2.20 miliequivalentes por litro; a las 21:30 el potasio era la mitad del valor anterior, con lo cual se demuestra que MTP no presentó una hipokalemia debida al consumo de una dieta o un alimento bajo en potasio —como lo sostienen los fiscales a cargo de la investigacion Solange Huerta[1], Marisa Navarrete y Luis Pablo Cortés—, sino debido a un problema de redistribución de dicho mineral.
Al estudiar los exámenes practicados entre las 19:30 y el momento del fallecimiento, se observa que el menor falleció no por la hipokalemia en sí, sino por una falla renal aguda, que lo imposibilitaba poder excretar los metabolitos ácidos y alcalinos que estaban acumulándose en su sangre, probablemente por días o semanas.
Luego de que los profesionales del establecimiento clínico le otorgasen el alta, el menor comenzó a presentar cuadros de vómitos y debilidad a medida que se acercaba Navidad. Sin embargo, lo que parece haber provocado las hiperémesis (exceso de vómitos) fue la incapacidad de su único órgano excretor (riñón) de filtrar los productos de desecho, con lo cual se alteró su equilibrio ácido-base.
Al acumularse gran cantidad de bicarbonato en la sangre, el niño MTP experimentó una alcalosis metabólica que no fue corregida a tiempo (porque fue reingresado recién un mes después de la última operación). Todo médico sabe que por cada 0.1 que aumente el ph de la sangre, una cantidad de 0.6 mEq/litro de potasio abandonará la sangre para irse al interior de las células. Es decir: que las alcalosis metabólicas provocan como respuesta secundaria las hipokalemias.
El resultado: MTP falleció el 10 de enero de 2008, a consecuencias de una falla renal. Y si el niño nunca experimentó alteraciones renales durante su vida, puesto que sus operaciones estaban destinadas a corregir fallas cardíacas y pulmonares, es lógico pensar que el riñón faltante se perdió en alguna de sus últimas dos operaciones quirúrgicas, no quedando constatado dicho procedimiento en su historia clínica, como es obligación de efectuar.
Entonces…
– ¿Por qué el Director del CITUC nunca se fijó en estos importantes datos clínicos?
– ¿Por qué el Ministerio Público ha rechazado efectuar una verdadera investigación con respecto a las fichas, exámenes y análisis clínicos practicados entre todos los consumidores del alimento Nutricomp ADN?
– ¿Por qué la Fiscal Solange Huerta estableció el caso del niño MTP, como clave para la investigación, si cualquier médico avezado se habría dado cuenta que aquel falleció producto de una falla renal no atendida a tiempo, y no producto de una falta de potasio en la dieta?
La enorme cantidad de errores, sistemáticamente cometidos por la fiscal Solange Huerta y por los restantes fiscales adjuntos, son pruebas y constituyen evidencia de que el Ministerio Público intenta ocultar por más de dos años las verdaderas causas, así como los hechos que subyacen detrás de este bullado caso conocido como Nutricomp ADN.
Acaso posible tráfico de órganos, autorización aduanera para el envío de los productos Nutricomp ADN a más de 25 países, sin los documentos y certificados pertinentes, abandonando en consecuencia el país como productos de contrabando, son algunas de las aristas que el designado fiscal especial, Javier Armendáriz, deberá investigar.
[1] Ver en este portal Caso del siglo: una fiscal más allá del tsunami, donde se encontrarán enlaces a otros artículos que dan cuenta de los resultados de la investigación ordenada por la abogada querellante.
* Físico e ingeniero físico.
Perito Caso ADN designado por la parte querellante.