El liberalismo económico es contraproducente para la libertad de expresión y el derecho a la información

1.130

Bolpress

El martes comenzó en Ginebra, Suiza, una discusión sobre la libertad de expresión y el derecho a la información, en el marco de la Tercera Comisión Permanente de la Unión Interparlamentaria, en su 119 asamblea. Parlamentarios encargados de elaborar el informe de conclusiones ratificaron que: "el liberalismo económico, tal como lo entendemos tradicionalmente, puede de hecho ser contraproducente: esto acaba, en ciertos casos, por perjudicar la diversidad de opiniones en una sociedad dada, silenciando las voces de grupos periféricos, excluyendo a veces la justa crítica de líderes políticos".

Esto puede también agravar la marginación de ciertas opiniones, alentando a los gobiernos a estar muy deseosos de complacer a las voces dominantes en los medios. Un régimen estatutario de la libertad de expresión, no obstante, puede intentar crear y garantizar una ética de servicio público en la difusión, de manera que todas las opiniones sean tomadas en cuenta, que es particularmente importante para promover y proteger la diversidad y el pluralismo en una sociedad.

Del mismo modo, los derechos individuales de los otros pueden sufrir, por ejemplo, afirmaciones difamatorias o intromisiones en la vida privada. Las medidas que son estrictamente necesarias pueden, en este caso, proteger los derechos de las personas expuestas a un riesgo serio de calumnia o de violación de su esfera privada.

Si un marco reglamentario es necesario, la primera dificultad, la precaución más fundamental, es asegurar que esta reglamentación no conduzca a una censura de críticas inconvenientes al Estado.

La reglamentación debe ser establecida por la ley y controlada por una institución independiente del Gobierno y libre de toda presión del Ejecutivo. Esta autoridad independiente debe considerar que entre sus atribuciones de tomar medidas permita evitar la concentración de los medios, a través del mercado, en organizaciones cada vez menos numerosas que conduzcan a monopolios.

En cuanto a la propiedad de los medios masivos de comunicación, se deberían prohibir los monopolios y los oligopolios porque pueden limitar el derecho a la libertad de información, de expresión y del pluralismo de pensamiento.

El pluralismo en los medios es esencial para mantener la libertad de expresión. La reglamentación o el poder conceder las licencias no debe ser nunca una herramienta utilizada por un Gobierno poco comprensivo para interferir, directa o indirectamente, la independencia de ciertos medios o para proscribir elementos de los medios, particularmente los medios de radiodifusión y teledifusión.

Aquellos que ejercen su derecho de libertad de expresión en beneficio de la sociedad en su conjunto, como los periodistas, pero también otros como los docentes, escritores o sindicalistas, deben estar en condiciones de expresar sus opiniones con independencia y seguridad.

Las y los ciudadanos mal informados de las decisiones que les conciernen se sienten impotentes. El Gobierno debe así asumir sus responsabilidades y poner todos los medios para asegurar una buena difusión de las informaciones.

La cultura del secreto debe ser descartada. De hecho, el juramento de confidencialidad debe ser reemplazado por un juramento de transparencia el derecho a la información, como medio de determinar la justicia (o la falta de esta) de la acción de los poderes públicos, debe servir al interés de los ciudadanos. Por último, el derecho a la información tiene sus propias limitaciones y no es un sustituto para la buena gobernabilidad, sino sirve para apoyarla.

Los parlamentarios que elaboraron el informe, Sr Malaisamy de India y el Sr. Dismore de Reino Unido, indican que la libertad de expresión, consagrada en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), es un derecho histórico, ampliamente reconocido, desde hace mucho tiempo, en todo el mundo.

La libertad de expresión es considerada como un pilar de la democracia y de los derechos humanos, un arma en la lucha contra la corrupción y el oscurantismo religioso, condición necesaria para el desarrollo económico y social.

En donde el derecho a la libertad absoluta de palabra existe, como en ciertos países occidentales, los medios pueden ser un monopolio virtual dominado por un puñado de corporaciones poderosas como resultado de la ley del mercado, de manera que todas las opiniones de la sociedad, en su diversidad, no puedan expresarse plenamente. Una situación en la que también es difícil de hacer valer el espíritu de servicio público.

"Mientras que la libertad de expresión sustenta muchos otros de nuestros derechos y es uno de los derechos humanos universalmente reconocido, no es ni debería ser completamente sin límites", Malaisamy y Dismore.

Algunas limitaciones son necesarias para proteger los derechos de otros, restricciones en principio internacionalmente reconocidas. Como lo estipula el Artículo 19 del Pacto Internacional, este derecho, "entraña deberes y responsabilidades especiales. Por consiguiente, puede estar sujeto a ciertas restricciones, que deberán, sin embargo, estar expresamente fijadas por la ley y que son necesarias", según ambos autores.

La diputada Elizabeth Salguero (MAS), representante de la delegación boliviana y presidenta de la Unión Interparlamentaria-Bolivia informó a la plenaria compuesta por más de 2000 parlamentarios de 147 países del mundo que en Bolivia se han constitucionalizado los derechos a la información y a la expresión en la nueva Constitución Política del Estado (NCPE), y se ha presentado ante el Congreso la Ley de acceso a la información pública.

El derecho al acceso a la información pública es una herramienta para evitar la corrupción por medio del control ciudadano sobre la gestión, gastos públicos y recursos utilizados por los funcionarios y autoridades, además de fortalecer la democracia. Por ello, el tema del secreto, es decir las excepciones para el acceso libre a la información por causas de seguridad nacional, secreto bancario o secreto de la fuente de información, entre otros, a veces pueden ocultar casos de corrupción o manipulación de la información. De esa manera estas excepciones deben estar bien reglamentadas para no dar lugar a malas interpretaciones, explicó Salguero.

El artículo 108 de la NCPE establece que la libertad de expresión esta debe estar basada en los principios de veracidad y responsabilidad de las y los periodistas y de los medios masivos de comunicación, absteniéndose de manipular la realidad y parcializarse sólo con una parte de ella.

También podría gustarte
Deja una respuesta

Su dirección de correo electrónico no será publicada.


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.