Irán: LA COSA NOSTRA GLOBAL DELIBERA EN NUEVA YORK

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Aparecida en la revista Piel de Leopardo, integrada a este portal.

Los medios de comunicación, que intoxican sistemáticamente a la opinión pública, acostumbran llamarlos «la comunidad internacional» pese a que la
inmensa mayoría de los Estados del mundo quedan al margen de sus decisiones.

Estados Unidos, con la complicidad servil de Francia y Gran Bretaña, tratan ahora de obtener una resolución del Consejo de Seguridad intimando a Irán a que cese sus actividades tendientes a obtener uranio enriquecido, incluida la investigación.

El Consejo de Seguridad ya lo hizo mediante una declaración de la presidencia el 29 de marzo. El proyecto actual agrega la exigencia de que Irán suspenda la construcción, iniciada en 2004, de un reactor nuclear destinado a producir electricidad. Unos treinta países en el mundo poseen en total más de 400 reactores nucleares en funcionamiento y una decena de ellos producen combustible nuclear.

Brasil acaba de anunciar que ha comenzado a producir dicho combustible con el fin de alcanzar su independencia en la materia, lo que no ha provocado ninguna reacción de la llamada «comunidad internacional», pese a que el
Gobierno brasileño sólo acepta un control limitado de los inspectores de la OIEA con el fin, dice, de preservar contra el espionaje industrial el secreto del procedimiento empleado.

El informe de la Oficina Internacional de la Energía Atómica sobre Irán del
28 de abril último comienza diciendo que la Oficina no puede progresar ensus esfuerzos tendentes a dar seguridades sobre la naturaleza exclusivamente pacífica del programa nuclear iraní. Y a continuación, contradictoriamente, proporciona detalles minuciosos, actualizados al 18 de abril de 2006, que se basan en las inspecciones de la OIEA, sobre lo que está haciendo Irán actualmente en ese campo. Detalles que confirman que Irán está cumpliendo con las normas internacionales vigentes.

No hace falta ser un especialista para darse cuenta que en este momento el
programa nuclear de Irán estÁ sujeto a un estricto control –quizás el más
estricto en el mundo en este momento– por parte de la OIEA.

No obstante, el proyecto de resolución del Consejo de Seguridad patrocinado
por Estados Unidos, Francia y Gran Bretaña, exige a Irán que renuncie a
derechos soberanos que se reconocen internacionalmente a los 188 Estados
Miembros del Tratado de No Proliferación Nuclear (Irán es uno de ellos).

Además, el Proyecto de resolución invoca el Capítulo VII de la Carta –amenazas a la paz–, lo que abre la vía a sucesivas resoluciones que puedendesembocar en una decisión autorizando la agresión militar o que, sin llegar a ese extremo, den lugar a que Estados Unidos, interpretando a su manera las resoluciones del Consejo, inicie por su cuenta la agresiónn –la opción militar de la que hablan repetidamente Bush y sus colaboradores–, como ocurrió en el caso de Iraq.

De manera que existe realmente una amenaza para la paz a que se refiere el
Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, pero ella no proviene de
IrÁn, sino de Estados Unidos. Pero de esa amenaza, que es inminente, no se ocupa el Consejo de Seguridad, como debiera.

Y mientras la cosa nostra mundial delibera a puertas cerradas en Nueva York, 185 Estados Miembros de las Naciones Unidas son relegados a la condición de meros observadores de las decisiones de una pequeña minoría de Estados o unilaterales de la superpotencia, que pueden tener gravísimas consecuencias para buena parte de la humanidad.

En el ámbito del derecho internacional vigente, no es inevitable que
sea así.

En efecto, frente a las evidentes amenazas a la paz que provienen de Estados Unidos y ante la pasividad del Consejo de Seguridad, hay una serie de medidas que se pueden tomar en el marco de las Naciones Unidas.

1) El Secretario General de las Naciones Unidas puede llamar la atención del Consejo de Seguridad sobre cualquier situación que, en su opinión, amenace la paz y la seguridad internacionales (art. 99 de la Carta). Esto es impensable que ocurra dado el servilismo manifiesto de Kofi Annan hacia Estados Unidos.

2) El Consejo de Seguridad puede convocar a la Asamblea General a una sesión especial con el voto afirmativo de nueve cualesquiera de sus miembros (arts. 20 y 27 de la Carta de las Naciones Unidas). Es decir que esta decisión la pueden adoptar miembros no permanentes del Consejo de Seguridad aunque no la apoyen los miembros permanentes. Esto es muy poco probable que ocurra.

3) La mayoría de los Estados Miembros de las Naciones Unidas (es decir 97 Estados sobre 191) pueden pedir la convocatoria de la Asamblea General (artículo 20 de la Carta). La Asamblea General puede «discutir toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales que presente a
su consideración cualquier miembro de las Naciones Unidas» (artículo 11, párr. 2, y artíulos 34 y 35 de la Carta de las Naciones Unidas).

«La Asamblea General podrá recomendar medidas para el arreglo pacífico de
cualesquiera situaciones» (artículo 14).

El tres de noviembre de 1950 la Asamblea General adoptó la resolución 377 (V)
«Unión para el mantenimiento de la paz», más conocida como «resolución Dean Acheson», donde se establece que cuando se reúnen ciertas condiciones –impotencia del Consejo de Seguridad, decisión de reunir a la Asamblea General, etc.), la Asamblea General «examinará inmediatamente la cuestión a fin de hacer a los miembros las recomendaciones apropiadas sobre las medidas colectivas a adoptar».

La Asamblea General ha utilizado el «procedimiento Acheson» en varias
oportunidades y en distintas épocas: intervenció)n militar en Egipto (1956), en
Hungría (1956), Líbano (1958), conflicto indo-pakistano (1971), Jordania (1980),
Afganistán (1980), Namibia (1981), Bosnia-Herzegovina (1992), etc.

Es decir que existe la posibilidad de que, a iniciativa de 97 Estados, tome
cartas en el asunto la Asamblea General, para intentar poner freno a las
proyectos guerreristas de Estados Unidos.

No se nos oculta que esto también es hipotético, pero queda el recurso de que los pueblos, en la medida de que tomen conciencia de la gravedad de la situación, hagan oír su voz, no solamente con manifestaciones multitudinarias, sino adoptando otras iniciativas tales como paros de protesta y boicots, coordinando jornadas de resistencia pasiva en las que no se hagan compras, no se utilicen los medios los transportes ni las comunicaciones electrónicas, etc.

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* Abogado argentino. Representante de la Asociación Americana de Juristas ante las Naciones Unidas en Ginebra.

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