La vida tiene su Día: el  28 de Julio es el día del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento

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Sabemos que el agua es la  sustancia constitutiva de vida  para todos los cuerpos de la Tierra. La vida es un proceso biológico, espiritual, cultural y social, en sí y para sí, que implican desarrollo, regeneración, reproducción y realización de dichos cuerpos, como totalidad. El agua es vida. Es lo distintivo, entre otras cuestiones, de nuestro planeta frente al universo. El agua es vida.  Somos más del 70% agua. Hay 23.400.000 kilómetros cúbicos de agua subterránea y 42.800 kilómetros cúbicos en los ríos y lagos. Hubo situaciones muy preocupantes de escasez del agua como pudimos observar en la escasez climática (factores de la naturaleza) del agua en el río Paraná, durante 2020, 2021, 2022 y parte de 2023 con muy bajas mediciones hidrológicas, varias veces por debajo 0, es decir negativo, que sumado a la quema de los humedales en más 1 millón de hectáreas, puso en riesgo a varios factores de vida. 
Generando una grave lesa ambientalidad.  Otra fue en San Pablo, con escasez climática (factores de la naturaleza)  agravada por la escasez social (falta de obras de infraestructuras que puedan mitigar o mejorar la escasez climática)  de 2014 exponiendo a las personas a sufrir cortes de agua potable durante 4 horas diarias, entre otras cuestiones y la otra  crisis acuática, que podemos enumerar, entre otras,  ha sido durante  2017-2018 en la ciudad del Cabo donde la escasez climática  se combinó con la escasez social, agravando mucho el acceso al vital  elemento. Estas situaciones graves nos indican no sólo la importancia de esta sustancia esencial sino también los condicionamientos que la están afectando. El agua actualmente se encuentra jaqueada también,  por la contaminación y el extractivismo sojero, minero, agro-ganadero e industrial. IIDH AMERICA
Todo crecimiento económico de lesa ambientalidad ecosistémica fragiliza gravemente al vital elemento. No hay peor contaminación que la ceguera por codicia y ambición. Viene a sumar a ello la profunda inequidad social ambiental de la especie humana. El acceso al agua y al saneamiento se convierte así, más que nunca, en un derecho humano universal para todos los vivientes. El 28 de julio 2010, se votó la resolución 64/292 del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento en la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Hay cuatro ciudades en Latinoamérica en las que hemos logrado que se haya  establecido  esa  fecha como el Día del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, así, durante 2021 fue establecido en la  ciudad de Rosario, en Gualeguaychú, en Bariloche y el 3 de julio del presente año en la ciudad de San Lorenzo. También hemos logrado otro antecedente importantísimo que es que el Estado Subnacional de Entre Ríos por la ley 11.013 ha declarado el 28 de Julio Día del Derecho Humano al Agua y Saneamiento. Esta fecha es un hito en la lucha por este derecho humano básico y esencial, producto de una extensa trayectoria de bregar e impulsar la vida para todas las personas. La vida es un bien común público supremo, basal y fundante.
El agua constituye vida y es constituida. Todavía millones de enfermos y muertos por no tener acceso al agua potable golpean la conciencia de la humanidad. Es constante la moratoria en vida de la espera eterna de 70 millones de latinoamericanos para acceder al agua potable segura y de más de 100 millones de personas que buscan poseer un  saneamiento seguro e integral. La ignominia continua con una cartografía que muestra en la Tierra  a 2.100 millones de personas que no tienen el  vital elemento y a 4.200 millones de seres humanos que no poseen  un saneamiento seguro.
Arribar al 28 de julio como Día de la Vida, del Derecho Humano al Agua y Saneamiento es y será consecuencia de un  largo proceso de la ciencia y de la participación ciudadana. No hay derecho si antes no hubo hechos. Todos los antecedentes que vamos a mencionar han sido culminaciones de la ciencia y de la participación ciudadana, lo podemos ver en  el derecho al agua establecido en la  Conferencia  del Agua de la ONU en Mar del Plata en 1977, en el  Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1988, en la Convención sobre El llamado del Agua - Semiáridoslos Derechos del Niño de 1989, en la Observación General nro. 15 del  2002 del Comité de los Derechos Económicos Sociales y Culturales de la ONU, en el artículo 47 de la Constitución de Uruguay en el 2004,  en  la  Constitución de Ecuador del 2008, en la Constitución de Bolivia del 2009, en el Manifiesto del Agua de Rosario firmado en el 2010 por el Dr. Leonardo Boff y el que suscribe.
También en  el Pacto Público del Agua capítulo Latinoamericano del 2011 firmado por el Dr. Riccardo Petrella y el abajo firmante, en la Constitución de Argentina en el artículo 41 al establecer  el derecho humano a un ambiente sano y en el artículo 75 inciso 22. A nivel jurisprudencial, se puede connotar en los fallos de la Corte Suprema de la Nación en el caso Kersich de 2014 y  el fallo del 23 de marzo del año en curso, en el caso “Comunidad Aborigen de Santuario Tres Pozos y otras c/Jujuy, Provincia de y otros s/amparo ambiental”. Asimismo, también han incidido las resoluciones de la ONU número 67/291 del año 2013 que estableció el Día del Inodoro los 19 de noviembre y  la número 76/300 del 28 de julio de 2022 que estableció el derecho humano al ambiente sano.
Hablar del Día de la Vida, del Derecho Humano al Agua y al Saneamiento, es plantearnos también  evitar y solucionar los problemas del ambientalismo inclusivo, con equidad social ambiental. Es sostener que los bienes comunes son para la vida y, para ello también es fundamental  evitar las guerras del agua y del ambiente. Se debe lograr la multilteralidad dialogal entre el Estado, la ciudadanía y sus instituciones y las corporaciones económica. Así se podría haber evitado actualmente la  grave situación de Jujuy, como así también en su momento el conflicto de Mendoza en el 2019 y de Chubut en el 2021.
Entre 1953 a 2003 hubo 1831 conflictos en el mundo producidos por la guerra del agua,  muchos de ellos pudieron haberse evitado. Es necesario que la corporación económica se ajuste al Estado de Derecho. La vida demanda una sociedad armoniosa. Ello no significa que no existan tensiones, luchas de clases etc, ello forma parte del constructo humano; la cuestión es cómo los conflictos los resolvemos a favor de la vida. La vida es la surgencia de la mayor conspiración fundante que cuestiona a la neomodernidad extractivista sistémica.
 
* Magíster en Ambiente y Desarrollo Sustentable. Especialista en Ambiente y Desarrollo Sustentable.  Director de la Cátedra del Agua UNR y del CeIA UNR. Coordinador AHT  Argentina
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