Secuestro de la nieta del poeta Juan Gelman: se condenó al Estado uruguayo

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Público.*

La Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó pagar una indemnización de € 130.000  a Macarena Gelman —nieta del poeta y periodista argentino Juan Gelman — por daños inmateriales causados por la desaparición de su madre, María Claudia García, y por la supresión de su identidad. Macarena fue entregada a un policía nada más nacer en prisión y se le cambió la identidad.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó al Estado de Uruguay, fijó una indemnización y estableció además que la Ley de Caducidad de ese país no deberá volver a representar un obstáculo para la investigación de este tipo de casos sucedidos durante la dictadura de 1973-1985.

El caso, la primera sentencia emitida por la Corte IDH contra Uruguay, llegó al tribunal en 2006, cuando el poeta Juan Gelman y su nieta presentaron la demanda.

Los padres de Macarena Gelman, Marcelo y María Claudia, fueron secuestrados en Buenos Aires el 24 de agosto de 1976 por agentes de la dictadura militar de Argentina surgida a partir de un golpe de Estado perpetrado hace 35 años. Él tenía 20 años y ella, embarazada de siete meses, 19.

Marcelo fue asesinado —su cadáver fue hallado en Buenos Aires— y María Claudia fue trasladada a Uruguay en el marco de la cooperación entre los regímenes militares de ambos países rioplatenses.

En cautiverio, García dio a luz en Uruguay una niña, Macarena, que fue dada a un policía en Montevideo, con quien se crió hasta los 23 años, cuando que fue localizada por su abuelo y recuperó su identidad. La sentencia obliga al Estado uruguayo a realizar una investigación de los hechos “a fin de esclarecerlos y determinar las correspondientes responsabilidades penales y administrativas".

Además, señala el fallo de la CIDH, “el Estado debe continuar y acelerar la búsqueda y localización inmediata de María Claudia García Iruretagoyena, o de sus restos mortales y, en su caso, entregarlos a sus familiares, previa comprobación genética de filiación".

Ley de Caducidad, sin efectos

En cuanto a la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado, que impide el interrogatorio judicial de militares sin la aprobación del Gobierno, la Corte manifestó que “carece de efectos por su incompatibilidad con la Convención Americana y la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas".

Esta ley, agregó, “puede impedir u obstaculizar la investigación y eventual sanción de los responsables de graves violaciones de derechos humanos". La sentencia contempla también la realización, en el plazo de un año, de un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por parte del Estado uruguayo, así como “implementar, en un plazo razonable y con la respectiva asignación presupuestaria, un programa permanente de derechos humanos dirigido a los agentes del Ministerio Público y a los jueces del Poder Judicial".

Además, en un máximo de dos años, Uruguay deberá garantizar acceso a la “información acerca de las graves violaciones de derechos humanos ocurridas durante la dictadura que reposa en archivos estatales".

* En www.other-news.info — que cita como publicación original a Diario Público, de España (www.publico.es).

 

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