Chile: La falsa metodología del consumo arrasa los derechos humanos

En materia de derechos humanos, Chile vive desde hace más de veinte años un aumento de movilizaciones de los pueblos indígenas para el respeto de sus derechos a la tierra, a los recursos naturales y al reconocimiento de parte del Estado.

En efecto, desde hace muchos años el pueblo Mapuche se enfrenta directamente con los proyectos de inversiones de las sociedades transnacionales en los sectores hidroeléctricos y de la industria forestal. La intensificación de la competencia por los recursos naturales protagonizada por las empresas privadas, a veces con la complicidad del gobierno, ha dado lugar a que las comunidades indígenas que intentan proteger sus tierras tradicionales pasen a ser los principales objetivos de una persecución.

En este sentido el Centro Europa-Tercer Mundo (CETIM), en colaboración con el Comité Ético Contra la Tortura y el Colectivo Nueva Generaciones de Chile, ha presentado una declaración escrita sobre el fenómeno de la criminalización de las luchas reivindicativas del Pueblo Mapuche en Chile. La declaración menciona además que el gobierno chileno utiliza una ley antiterrorista, herencia de la dictadura militar, para reprimir a los dirigentes Mapuche y criminalizar las demandas legitimas de su pueblo. Resultado de imagen para Hector Llaitul en ginebra

El Consejo de derechos humanos fue informado que en setiembre del 2017 que se utilizo la ley antiterrorista para acusar al portavoz de la Coordinadora Arauco Malleco, Hector Llaitul, con un burdo montaje de falsas pruebas de la parte de los servicios de inteligencia sobre un presunto tráfico de armas entre Chile y Argentina.

Héctor Llaitul habría tenido que estar en Ginebra para presentar su caso ante el Consejo de los derechos humanos, acreditado por el CETIM e invitado por el Colectivo Nuevas Generaciones de Chile, y reunirse con la Relatora especial sobre el derecho de los pueblos indígenas. No obstante su solicitud de pasaporte del 30 de julio de 2018 no ha sido aun tramitada, su derecho constitucional de libre tránsito no fue respetado. Esta situación fue denunciada en la intervención del CETIM el miércoles 19 de septiembre, durante el debate interactivo con la Relatora especial.

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El día mismo, en la mañana, el CETIM intervino acerca del debate sobre la inclusión de los pueblos autóctonos a la Agenda 2030 por el desarrollo durable. Y en ella el Cetim advirtió que “el Estado chileno podría retirarse del Convenio 169 (de la OIT), decisión que representaría una regresión de los derechos de los pueblos indígenas en Chile y en América latina”.

Durante el 39° periodo de sesiones del Consejo de Derechos Humanos, la Relatora especial sobre los derechos de los pueblos autóctonos, Victoria Tauli-Corpuz, ha presentado un estudio temático sobre las agresiones contra los activistas indígenas.

Ella concluye en su informe que “los proyectos de desarrollo en gran escala son los principales factores que impulsan la intensificación de los ataques y la criminalización respecto de los pueblos indígenas. Ha de cesar la frecuente ejecución de dichos proyectos sin la celebración de una auténtica consulta ni la adopción de medidas para obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas interesados”.

De hecho, “la constante negativa de parte de las empresas forestales y del Estado a las demandas legítimas del pueblo Mapuche tiene como consecuencia la depredación de espacios territoriales asociados al hábitat necesarios a la reproducción de la cultura Mapuche, la explotación indiscriminada de los recursos en tierra y agua y una política de criminalización con procesos concretos de montajes hacia organizaciones y liderazgos con el objeto de desarticular el movimiento Mapuche”.

La criminalización de las demandas legítimas de los pueblos indígenas, en un contexto de lucha contra los proyectos de las sociedades transnacionales, es una problemática mundial que compromete la responsabilidad de los Estados. Chile no es una excepción en este fenómeno preocupante de agresión contra el pueblo Mapuche. La solución pasa necesariamente por la búsqueda de caminos políticos que impliquen todos los actores del conflicto, incluso los sectores injustamente estigmatizados.

El CETIM, el Comité de Ética contra la Tortura y el Colectivo Nueva Generaciones Chile piden el gobierno chileno a asegurar la protección de los dirigentes indígenas, en conformidad con los compromisos internacionales en materia de derechos humanos. La libre determinación es un principio general de suma importancia para los pueblos indígenas, ya que afirma su derecho a realizar libremente su desarrollo económico, social y cultural.

El derecho a la libre determinación está consagrado en el artículo 1 común al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y en el artículo 3 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas. La Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos reconoce la legitimidad de la defensa de los derechos sobre la tierra cuando reconoce la “valiosa labor”

Una causa fundamental de la actual intensificación de las agresiones es la falta de respeto por los derechos colectivos sobre la tierra de los pueblos indígenas y el hecho de no ofrecer a las comunidades indígenas una tenencia segura de la tierra, lo que a su vez redunda negativamente en su capacidad de defender con eficacia sus tierras, sus territorios y sus recursos frente a los daños causados por los proyectos en gran escala. Esta es una preocupación que ha sido planteada por la Relatora Especial desde la creación del mandato en 2001.

Resultado de imagen para mapuchesSin embargo, la urgencia de hacer frente a esta situación está cobrando una nueva dimensión en vista del rápido avance expansivo de los proyectos en gran escala. Entretanto, la importante contribución que pueden hacer los pueblos indígenas en lo que respecta a garantizar una mejor conservación y adaptación al cambio climático y estrategias de mitigación en informes recientes (A/71/229 y A/HRC/36/46) no puede alcanzar su pleno potencial si se siguen cuestionando los derechos de los pueblos indígenas sobre la tierra.

Si bien algunos países han aprobado leyes para proteger los derechos colectivos sobre la tierra de los pueblos indígenas, siguen existiendo problemas para determinar esos derechos en la práctica. Por lo general, la legislación relativa, por ejemplo, a la silvicultura,
Como ha documentado la Relatora Especial, los casos de criminalización y violencia surgen, en la mayoría de los casos, cuando los dirigentes indígenas y los miembros de sus comunidades manifiestan su oposición a proyectos de gran envergadura en relación con las industrias extractivas, la agroindustria, las infraestructuras, las presas hidroeléctricas y la tala de árboles.

En otros casos, los modos de vida y de subsistencia de los pueblos indígenas son considerados ilegales o incompatibles con las políticas de conservación, lo que da lugar a la prohibición de los medios de vida tradicionales y a la detención, el encarcelamiento, el desalojo forzoso y las violaciones de otros derechos humanos de los pueblos indígenas. Este tema lo estudió en su informe a la Asamblea General (A/71/229).

Un nuevo motivo de preocupación es la premura en poner en marcha medidas de adaptación y mitigación relacionadas con el cambio climático, las cuales, a menos que contengan salvaguardias para los derechos humanos, corren el riesgo de menoscabar los derechos de los pueblos indígenas.

La Relatora Especial examinó esa cuestión en un informe anterior al Consejo de Derechos Humanos (A/HRC/36/46). 29. Desde que inició su mandato, la Relatora Especial ha sido testigo de primera mano de la existencia de varios proyectos en gran escala, particularmente durante sus visitas oficiales al Brasil (A/HRC/33/42/Add.1), Guatemala (A/HRC/39/17/Add.3), Honduras (A/HRC/33/42/Add.2), México (A/HRC/39/17/Add.2), EEUU (A/HRC/36/46/Add.1) y la región sami en Noruega, Suecia y Finlandia (A/HRC/33/42/Add.3).

Ha escuchado numerosos testimonios y constantemente recibe información, como parte de las funciones que desempeña de conformidad con el mandato de abordar las comunicaciones sobre presuntas violaciones de los derechos humanos; en esa información se indican los efectos devastadores que producen algunos proyectos en los pueblos indígenas, lo que ha dado lugar a repercusiones muy negativas en sus sistemas de gobierno, cohesión social, medios de subsistencia, medio ambiente, salud y derechos a la alimentación y al agua.

La naturaleza es amiga del hombre, pero no tolera que se la trate groseramente. Mucho pedir en la época del salvase quien pueda de la barbarie capitalista.

*Periodista uruguayo, miembro de la Asociación de Corresponsales de prensa de la ONU. Redactor Jefe Internacional del Hebdolatino en Ginebra. Asociado al Centro Latinoamericano de Análisis Estratégico (CLAE, www.estrategia.la)

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