El Pacto Europeo de Migración y Asilo: de la pérdida del relato a la pérdida de derechos
Análisis de la evolución de las políticas de asilo e inmigración en la Unión Europea (Ue), que priorizan la seguridad fronteriza y externalizan el control migratorio, lo que degrada los derechos fundamentales y la solidaridad.
Antecedentes:
La constitución de un espacio común denominado Espacio de Libertad, Seguridad y Justica de la Unión Europea lleva consigo la articulación de medidas para la protección de los derechos fundamentales en este espacio. Por ello, en 1999 tuvo lugar la reunión del Consejo Europeo de Tampere, en la que la cuestión de los flujos migratorios y las políticas de asilo adquirieron una importancia central. Con el objetivo de la creación de una política de asilo e inmigración común en la Ue el Consejo (11) concluye que, “la Unión Europea necesita un enfoque global de la migración que trate los problemas políticos, de derechos humanos y de desarrollo de los países y regiones de origen y tránsito. En lo referente a la gestión de estos flujos, el Consejo (22) “destaca la necesidad de que se gestionen de forma más eficaz los flujos migratorios en todas sus etapas.
Pide que se desarrollen, en estrecha cooperación con países de origen y de tránsito, campañas de información sobre las posibilidades reales de inmigración legal, y que se impida toda forma de trata de seres humanos”, para destacar que, “el Consejo Europeo está decidido a hacer frente a la inmigración ilegal en su origen, en especial luchando contra quienes se dedican a la trata de seres humanos y la explotación económica de los migrantes. Estas conclusiones y recomendaciones cierran el círculo de las representaciones sociales sobre las migraciones: los “legales” (útiles), los traficantes (y bajo esta consideración puede entrar cualquiera que colabore en la llegada no regular de una persona de un país tercero), y las víctimas, a las que hay que proteger y tutelar, particularmente si son mujeres y niños.
España no es país para el asilo
Respecto al asilo, (13) El Consejo Europeo reitera la importancia que la Unión y los Estados miembros conceden al respeto absoluto del derecho a solicitar asilo. El Consejo Europeo ha acordado trabajar con vistas a la creación de un sistema europeo común de asilo, basado en la plena y total aplicación de la Convención de Ginebra; de ese modo, se logrará que ninguna persona sea repatriada a un país en que sufre persecución, lo que significa que se observará el principio de no devolución. Para indicar (15) que, “a largo plazo, las normas comunitarias deberían dar lugar a un procedimiento de asilo común y a un estatuto uniforme, válido en toda la Unión, para las personas a las que se concede asilo”. En este ámbito se insiste en el principio de la solidaridad y la colaboración de los Estados de la Unión para alcanzar un modelo de asilo temporal y reservar fondos para situaciones de emergencia humanitaria.
A partir de 2013 tienen lugar dos hitos clave en este proceso: el naufragio de Lampedusa, ocurrido el 3 de octubre de 2013, con el resultado de más de trescientos sesenta muertos, y el naufragio que tuvo lugar el 18 de abril de 2015 en el “canal de Sicilia”, con un número de fallecidos que oscila entre las ochocientas y las novecientas personas. Este último acontecimiento dio lugar a que un mes después la Comisión Europea presentara la “Nueva Agenda Europea de Inmigración” que incluía medidas específicas para el asilo. En este aspecto tiene lugar una nueva vuelta de tuerca que supedita los derechos humanos a la seguridad de las fronteras y al control de los flujos. Este desplazamiento genera tensiones constantes no sólo en el ámbito de las fronteras exteriores de la Ue, sino también en el ámbito de las fronteras internas, con cientos de miles de personas atrapadas entre Estados de la Unión, o en Estados fronterizos, subsistiendo en condiciones de enorme precariedad, que generan episodios de tensión en los campos de acogida, cuando los hay, y cuando no, siendo usadas como arma arrojadiza en momento de crisis entre las fronteras, como hemos podido comprobar recientemente entre Polonia y Bielorrusia.
El Pacto Europeo de Migración y Asilo
El nuevo pacto europeo refuerza la lógica y la dinámica de gobierno imperante y acentúa la interpretación minimalista de los derechos humanos. La protección internacional y el derecho al refugio están siendo progresivamente limitados, reducidos discursivamente a un ejercicio de caridad moral de los estados europeos. La solidaridad que se pregona en los discursos de la Comisión sobre este nuevo Pacto es una solidaridad entre estados, no para con los exiliados. Si hay algo realmente nuevo es justamente esta degradación de los valores y los principios morales que sustentan el carácter fundacional de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El invariable objetivo político implícito parece ser muy claro: evitar la entrada y los movimientos secundarios, deportar a las personas en situación irregular y externalizar el refugio.
El desarrollo de las ideas sobre la gestión de las migraciones en la Ue nos ha llevado a este punto, en el que las instituciones europeas afirman, convencidas de su certeza, de que la protección de los vulnerables se puede alcanzar por los mismos medios y por los mismos agentes que la “lucha contra el tráfico ilícito”. En este sentido, el rescate en el mar sigue siendo una de las cuestiones centrales, igual que lo había sido en la Agenda Europea de Migración en 2015. El enfoque, presentado como autoevidente, parte de un humanitarismo militarizado (o un militarismo humanitarista), en el que las fuerzas militares y policiales europeas son responsables de salvar vidas y detener el tráfico ilícito en su acción conjunta en las fronteras exteriores: Las estadísticas de rescates han sustituido a las estadísticas de detenciones en las fronteras marítimas de Europa, con el objetivo de legitimar la siempre creciente presencia de Frontex (la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas) como un actor encargado de la loable misión de salvar vidas.
En esta línea, el nuevo pacto refuerza también la tendencia a la externalización del control migratorio y de las responsabilidades de protección internacional. De manera muy significativa, las experiencias de colaboración con Libia y Turquía son puestas en valor como ejemplos positivos. Mientras que la Ue sigue apoyando e invirtiendo en las fuerzas militarizadas de guardacostas, no se hace eco de los problemas resultantes de estas prácticas.
En esta línea, el nuevo pacto refuerza también la tendencia a la externalización del control migratorio y de las responsabilidades de protección internacional.
La fuerte inversión en estos estados vecinos por parte de la Unión Europea tiene por objetivo el bloqueo de las rutas migratorias y contener en las zonas vecinas los movimientos de exiliados, bloquear las posibilidades de migración y externalizar las obligaciones de protección internacional. El “nuevo” procedimiento fronterizo, el aumento de la inversión humanitaria (que se vincula a los fondos de ayuda al desarrollo) y el desarrollo de un instrumento permanente de reasentamiento son el medio para legitimar la externalización de las obligaciones de protección internacional.
Lo realmente novedoso del “Nuevo pacto”, no es, pues, la paradójica combinación de humanitarismo y militarización, sino la afirmación desnuda de la solidaridad como mecanismo de control. La evidencia de esta transformación no se encuentra en la retórica, sino en los planes específicos que se proyectan sobre la base de los discursos de la solidaridad. De hecho, en el nuevo pacto se habla en términos muy vagos sobre en qué consiste la solidaridad entre los estados miembro respecto a la gestión de las migraciones. En el documento del nuevo pacto, las referencias al “nuevo mecanismo de solidaridad permanente” refieren repetidamente a la posibilidad de la reubicación de las personas salvadas en el mar; sin embargo, el eje de este nuevo mecanismo y que ha servido para establecer un compromiso de cooperación por parte de países que se negaban a reubicar a ningún migrante, es la posibilidad de elegir qué significa la solidaridad. Y es que el nuevo mecanismo de solidaridad sólo se entiende en relación con la modificación propuesta del Reglamento sobre el procedimiento común en materia de protección internacional en la Unión, que “garantiza que los migrantes que inician la fase previa a la entrada puedan, en cualquier momento, ser objeto de reubicación o de patrocinio de retorno en el marco del nuevo mecanismo de solidaridad” COM (2020) 611 final, p. 6].
Frontera Grecia – 2
Es decir, los estados europeos podrán elegir si su participación en el mecanismo de solidaridad supone la reubicación de personas migrantes en sus territorios o si prefieren financiar económicamente el nuevo programa de deportación desde la Ue hacia terceros países, un programa en el que Frontex tiene un protagonismo creciente, una agencia sobre la que se han demostrado graves irregularidades relacionadas con su actuación y gestión de los fondos, como ha sido denunciado por diversas organizaciones de derechos humanos.
A modo de conclusión
El Pacto fue finalmente aprobado por el Parlamento Europeo, si bien por un estrecho margen, el pasado 10 de abril. El 2 de junio la Comisión Europea inició los pasos para su implementación, y se espera que para diciembre de 2025 los Estados Miembro tengan listas sus propuestas al respecto.
Las medidas contempladas en este Pacto certifican la pérdida del relato sobre las migraciones como universal demográfico y el derecho a la movilidad de las poblaciones en riesgo. El relato hegemónico es belicista, contemplando los flujos de población no autorizados (la inmensa mayoría) como una amenaza para la seguridad de los Estados Miembro y del conjunto de la Ue a todos los niveles. Es descorazonador contemplar en qué han quedado reducidos los principios que alumbraron la Declaración Universal de Derechos Humanos hace 75 años, y la arquitectura de la Unión Europea una década después, y lo es por tres motivos:
1. Por las terribles consecuencias para la ingente masa de desplazados que arroja el modelo depredador del capitalismo de la globalización. Nada hace pensar que estos flujos vayan a disminuir, sino al contrario.
2. Por el envilecimiento al que somete a unas sociedades cada vez más rendidas a las posiciones de la extrema derecha en el interior de lo que se sigue denominando, cada vez con menor justificación, como espacio de Libertad, Seguridad y Justicia.
3. Por la repercusión que el recorte de los derechos de una parte de la población acaba generando sobre el total. El retroceso de los derechos no sólo económicos y sociales, sino también fundamentales (libertades) es evidente en toda Europa, y sólo desde una perspectiva interesada puede dejar de efectuarse la conexión entre esta pérdida de derechos y libertades, y las políticas migratorias implementadas por la Unión Europea.
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