La pregunta pendiente sobre el rol del Estado en Chile
El fracaso del proceso constitucional chileno dejó en el aire un debate que no acaparó la centralidad ni el rigor esperados, tanto en la Convención (2020-21) como en el Consejo (2022-23). Es la pregunta sobre el rol del Estado. En la mayoría de los países de alta renta esta pregunta prácticamente ya no se formula, porque las constituciones democráticas son lo suficientemente amplias como para definir un marco básico que permite a gobiernos de distinto signo político desplegar sus programas de gobierno. De esa manera, se da espacio a que el Estado opere como garante de derechos fundamentales, aunque puedan existir prestadores privados que lo complementen. Pero eso no ocurre en Chile después del golpe de 1973.
Ya el 11 de marzo de 1974 se publicó la llamada “Declaración de principios del gobierno militar de Chile”. En el punto 5 del capítulo II de ese documento, titulado “El respeto al principio de subsidiariedad”, se instala esta idea, que luego ha impregnado la Constitución vigente. Aunque la palabra “subsidiariedad” no aparece explícitamente en el texto de 1980, todo el articulado busca crear un contexto donde los mandatos constitucionales del Estado estén acotados. La Constitución determina que al Estado chileno no le corresponde asumir actividades que hipotéticamente puedan ser desarrolladas adecuadamente por los privados, ya sea de forma individual o asociativa.
Bajo este supuesto, el rol del Estado está predeterminado, ya que su participación en la economía sólo puede ser temporal y acotada a aquellos ámbitos económicos en los cuales los actores privados no puedan participar por sus limitaciones o porque no les sea rentable. El Estado debe abstenerse de intervenir en aquellas áreas en las que los individuos o grupos de la sociedad se basten por sí mismos. Los ejemplos habituales se refieren a que el Estado debe ser el proveedor en las áreas de defensa, justicia, orden público e infraestructura pública. Pero debería abstenerse de actuar en el ámbito productivo o en la provisión de servicios que puedan ofertar los particulares. No sólo se limita el rol del Estado a una función mínima, sino que también se garantiza la provisión privada en todas las esferas de la vida cotidiana (salud, educación, alimentación, vivienda). El sector privado prácticamente monopoliza esos campos, arrinconando al Estado a un papel muy subalterno, y en muchos ámbitos inexistente.
Estado empresario
Hasta el ciclo de reducción del Estado iniciado con el golpe de Estado de 1973 y radicalizado con las privatizaciones de los años 80, el sector público chileno fue capaz de administrar eficazmente empresas grandes y muy diversas. De acuerdo a un informe de la Comisión de Privatizaciones de la Cámara de Diputados de 2004, la dictadura privatizó entre 1983 y 1989 las siguientes empresas públicas:
Empresa Nacional de Electricidad (ENDESA), Compañía de Teléfonos de Chile (CTC), Compañía de Acero del Pacífico S.A. (CAP), Sociedad Química y Minera de Chile (SOQUIMICH), Empresa Forestal Arauco, Empresa Forestal Pilpilco, Industrias Forestales S.A. (INFORSA), Celulosa Constitución (CELCO), Celulosa Arauco, Industria Nacional de Cemento S.A. (INACESA), Empresa Pesquera Arauco, Empresa Pesquera Tarapacá S.A. (EPTSA), Pesqueras Unidas S.A., Pesquera INDO S.A., Manufacturas de Neumáticos S.A. (MANESA), Sociedad Chilena de Fertilizantes (SOCHIF), Fábrica de Ácido Sulfúrico S.A. (FASSA), Empresa Electrónica Nacional (ELECNA), Empresa Nacional de Computación e Informática (ECOM), Industria Azucarera Nacional (IANSA), Sociedad de Construcciones y Operaciones Agropecuarias (SOCOAGRO), Compañía Chilena de Electricidad S.A. (CHILECTRA), Ramsomes Ltda., Maestranza y Fundición Antofagasta S.A., Industria de Conjuntos Mecánicos Aconcagua S.A. (CORMECANICA), Hotelera Nacional S.A. (HONSA), Chilefilms, Empresa Nacional de Telecomunicaciones (ENTEL), Cuero y (…)
*Rector de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano
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