También en Costa Rica protestan contra minería y otras actividades depredadoras

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Irene González Chen*

En el primer caso es una mina aurífera a tajo abierto, cerca de la frontera con Nicaragua, que pone en peligro la vida animal y vegetal del área; en el segundo, se trata de empresas agroindustriales piñeras –del país y extranjeras– en la zona caribeña: lo de siempre: desperdicio y contaminación de los recursos hídricos, y enfermedades en la población humana por ese motivo.

"¡San Carlos es un cantón verde, San Carlos es un cantón verde y húmedo! ¡San Carlos, que dice ‘no’ a la minería metálica. No al proyecto Crucitas!".

Los habitantes de San Carlos se manifiestan durante todo el día de hoy sábado contra la minería de oro a cielo abierto, impulsada por la empresa Industrias Infinito. La concentración, respaldada por la organización no gubernamental Preserve Planet, consiste en el desplazamiento de jóvenes, niños y adultos de todas las comunidades sancarleñas hacia el campo ferial de la Cámara de Ganaderos, en muelle San Carlos.

Mediante esta caminata, los activistas expresan "la gran necesidad de detener el proyecto de minería de oro a cielo abierto de Crucitas". Asimismo, buscan "crear espacios de reflexión sobre el estado de la situación ambiental del cantón" y "realizar actividades que garanticen cambios de actitud en la sociedad sancarleña" con respecto a "la valoración de los recursos naturales y su relación con el entorno".

"Esta actividad busca que los sancarleños despierten, valoren y se sientan orgullosos de los recursos naturales que los rodean y son suyos", declararon los organizadores, mediante un comunicado.

"Se pretende demostrar que todas las comunidades de la Zona Norte se oponen al proyecto de minería a cielo abierto en Crucitas", agregaron los promotores de la actividad, quienes esperan que las comunidades tengan "la oportunidad de reconocer y valorar dichos recursos de una forma festiva, alegre y masiva".

Los organizadores enfatizaron en que "es muy importante que cada una de las personas que asista lleve carteles y signos externos que digan".

"No permita que nadie se los quite: ¡estamos en un país libre!", agregaron los promotores de esta acción, mediante un comunicado.

Cabe destacar que la manifestación se llevará a cabo a pie o en diferentes medios de transporte, ya sean caballos o bicicletas.

Los motivos
 
Para los ambientalistas, el principal motivo de su campaña es que la Sala Constitucional no se haya manifestado en contra de las actividades mineras en Crucitas, cantón de Cutris. Por esto solicitan a quienes deseen ser parte de "la batalla contra la minería a cielo abierto en Costa Rica" que envíen una carta vía fax a la Sala, en la cual expresen su disconformidad con el decreto minero propuesto por la actual administración.

"La idea es presionar masivamente. Hacerles ver que el pueblo les observa, para que tengan mucho cuidado a la hora de resolver este delicado asunto y no sólo tengan la presión del poder económico de la empresa", indica el comunicado.

Además de luchar en contra de la explotación minera, los pobladores podrán manifestarse por medio de la música y el baile. La acción, como cierre, ofrecerá un concierto gratuito al aire libre a favor del ambiente con la participación de los importantes músicos costarricenses Son de Tikizia, Por Partes y Malpaís.

Poder Judicial ordena detener contaminación piñera en el Caribe

La VI Sala Constitucional ordenó a los ministerios de Salud y Ambiente, Energía y Telecomunaciones  así como a Acueductos y Alcantarillados  poner fin a la contaminación que las fuentes de agua potable que realizan empresas piñeras nacionales y transnacionales en la zona de Siquirres.

Una resolución de la Sala dada a conocer ayer jueves ordena a esas entidades "eliminar los residuos de agroquímicos que tiene el recurso hídrico que abastece las comunidades de El Cairo, Luisiana, La Francia y Milano en Siquirres (…) La puesta en marcha de un plan único de acción por parte del Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (MINAET), el Ministerio de Salud y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA) en este cantón, ante la contaminación que ha generado la actividad piñera", es parte de lo que establece el fallo constitucional.

En las sentencias 2009-9040 y 2009-9041, la Sala Constitucional estableció la obligación de estas entidades públicas de atender la situación de contaminación hídrica en estas comunidades caribeñas.

Designa a Salud como ente responsable
 
"…Se ordena a María Luisa Ávila Agüero, en su condición de Ministra de Salud, a Jorge Rodríguez Quirós en su condición de Ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, a Javier Flores Galarza en su condición de Ministro de Agricultura y Ganadería y a Ricardo Sancho Chavarría en su condición de Presidente Ejecutivo del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, o a quienes ocupen esos cargos, que en forma inmediata se inicie el proceso de saneamiento y eliminación de residuos de plaguicidas, de las fuentes de agua… Se les advierte que cada órgano y ente recurrido, determinará conforme con sus propias competencias legales, las acciones individuales que obligatoriamente le corresponde efectuar, dentro de un PLAN ÚNICO que como partes de la Administración del Estado deben realizar en forma conjunta. ", establecieron las resoluciones.

También designó al Ministerio de Salud como ente responsable del completo cumplimiento del plan único, el cual podrá ordenar todas las actuaciones que sean técnica y científicamente conducentes a la completa limpieza y purificación del agua en el cantón caribeño y deberá informar a la Sala Constitucional en caso de que surja algún obstáculo dentro de su labor coordinadora, señaló un comunicado oficial.

En este sentido, el Ministerio de Salud podría ordenar a las empresas recurridas la prohibición absoluta del uso de agroquímicos contaminantes en las plantaciones e incluso el cierre inmediato de éstas, en caso de que no cumplan con las órdenes e instrucciones que se le dieran.

Años con el mismo problema en las comunidades

En los últimos meses los vecinos de esa región se han lanzado a las calles en diversas ocasiones debido a la contaminación del agua para el consumo humano.

Los vecinos de El Cairo, La Francia y Luisiana han protagonizado protestas bloqueando la ruta que conduce a Limón, para protestar por la contaminación de sus fuentes de agua por agroquímicos utilizados por las piñeras. La situación de contaminación del acueducto obligó al gobierno a suministrar agua potable en camiones cisterna hace dos años.

Los habitantes de estas comunidades aseguran que el consumo de agua con plaguicidas ha provocado serios problemas de salud en las comunidades como intoxicaciones, alergias, sarpullidos, gastritis, padecimientos respiratorios y gástricos, abortos, malformaciones e, incluso, cáncer.

Según los vecinos existen estudios que demuestran la existencia de plaguicidas en el agua de El Cairo, La Francia, Milano y Luisiana, pero el gobierno no ha tomado acciones concretas.

Para Mauricio Alvarez de la Federación Ecologista "El AyA no ha tenido voluntad para otorgarles a las comunidades una solución integral, dándole largas al asunto y obligando a la comunidad a pagar una parte de los platos rotos, sin cobrarle a la piñera los daños causados en los acueductos ni mucho menos el enorme gasto realizado por el Estado en la distribución de agua potable en cisterna".

El comité de vecinos ha exigido "que la administración del acueducto de nuestros pueblos permanezca en manos de la comunidad, bajo la gestión de la ASADA y que AyA muestre voluntad para el seguimiento al proyecto del nuevo acueducto, realice una servidumbre forzosa de acueducto, establezca plazos concretos para el mismo y que asuma los pagos requeridos para comenzar lo antes posible la construcción del proyecto".


* Periodista.

En
http://informa-tico.com

Addenda
Carta modelo

SALA CONSTITUCIONAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SAN JOSE.

Recurso de Amparo 08-014068-007-CO, interpuesto por Edgardo Vinicio Araya Sibaja y otros, contra el Ministro del Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, el Presidente de la Republica y otros.

Asunto: Proyecto Minero Crucitas.

Señora y Señores Magistrados (da):

Yo [nosotros], [Nombre completo, cedula y dirección, y en caso de representación de una organización, nombre completo, cedula jurídica y domicilio de la misma], me [nos] dirijo [dirigimos] ante esta Sala Constitucional a MANIFESTAR LO SIGUIENTE:

Reitero [Reiteramos] mi [nuestro] total apoyo al presente recurso de amparo, como lo ha hecho la inmensa mayoría del pueblo costarricense y solicito [solicitamos] que se DECLARE CON LUGAR. No podemos permitir la destrucción de más de 192 hectáreas de bosque con especies protegidas, en aras de  un supuesto y discutible beneficio económico pasajero. Si esta Sala resuelve lo contrario, se  estaría desdiciendo injustificadamente de su propia y reiterada jurisprudencia, en donde ha puesto la  defensa del bosque y de las especies amenazadas por encima de cualquier consideración de índole económica.

Señores Magistrados: Les recuerdo [recordamos] que el pueblo costarricense, en su gran mayoría, ha repudiado con gran indignación la destrucción del bosque por parte de la empresa minera, con la aprobación irresponsable del Poder Ejecutivo. Recuerden, estimables Magistrados y Magistrada, que la  defensa de nuestros bosques es tarea de todos los costarricenses, aunque estos se ubiquen en propiedad privada. TODOS ESTAMOS PENDIENTES DE SUS ACTUACIONES EN ESTE CASO.

Les pido [pedimos] que NO NOS DEFRAUDEN. Como funcionarios públicos que son, les estamos vigilando y examinando de cerca sus gestiones.

Por otra parte, existen DOS SOLICITUDES HECHAS POR LOS PROMOVENTES de este Recurso de Amparo, que a la fecha, después de más de cinco meses, no han sido resueltos y pido [pedimos] que esta Sala se pronuncie al respecto, DANDOLES RESPUESTA POSITIVA.

Me [nos] refiero [referimos], en primer término, a la solicitud de suspensión de la tramitación de este Recurso de Amparo, con el fin de darle la oportunidad a los recurrentes Heidi Murillo Quesada, en nombre de la FEDERACIÓN COSTARRICENSE DE CONSERVACIÓN DE LA NATURALEZA (FECON) y al señor Diputado de la Republica, JOSE MERINO DEL RIO, para que planteen la correspondiente ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD contra la definición de "conveniencia nacional" contenida en el articulo 2 del Decreto Ejecutivo 25721-MINAE del 17 de octubre de 1996 y sus reformas, que es el Reglamento a la Ley Forestal.

La segunda gestión se refiere a la solicitud del recurrente Araya Sibaja, para lo siguiente:

1. Que se ordene un PERITAJE, debiéndose nombrar un grupo interdisciplinario, que dictamine si los beneficios sociales del Proyecto Minero Crucitas son o no mayores que los costos socio-ambientales de realizar dicha actividad (relación costo-beneficio). Esto es necesario para verificar el interés publico y la conveniencia nacional de dicho proyecto, según lo exige el ordenamiento jurídico.

2. Que dentro de ese PERITAJE se le consulte al Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica, si la realización de un tajo de minería de oro a cielo abierto constituye técnicamente hablando una edificación o infraestructura. Ello para los efectos del artículo 19 inciso b de la Ley Forestal.

3. Que se lleve a cabo una INSPECCION JUDICIAL en el área de la comunidad de Crucitas de Cutris, San Carlos, específicamente en el lugar exacto donde se pretende desarrollar el proyecto minero, a efecto de determinar que efectivamente se trata de un lugar de anidación de la lapa verde,suficientemente poblado de almendro amarillo y no simplemente de un lugar de paso de esa ave, como lo pretende el Exministro Dobles.

4. Que con el propósito de determinar la existencia de anidación de lapa verde en los árboles de almendro amarillo que circundan la comunidad de Crucitas de Cutris, específicamente el área donde se pretende realizar el proyecto minero, se evacue la prueba testimonial de los señores GUILLERMO HERRERA MATAMOROS y ALFREDO ARIAS ELIZONDO, ambos mayores, casados, agricultores y vecinos de Crucitas de Cutris de San Carlos.

5. Que de conformidad con los artículos 10 y 46 de la Ley de Jurisdicción Constitucional, se realice una AUDIENCIA ORAL para permitirles a los recurrentes explicar y sustentar, de viva voz, los argumentos que sostienen los recursos. Esta solicitud se basa en que la Corte Suprema de Justicia promueve la participación ciudadana en la administración de justicia y la oralidad como principio rector de los trámites judiciales.

REITERAMOS: NO PUEDE SER POSIBLE QUE ESTA SALA VAYA RESOLVER ESTE RECURSO SIN QUE ANTES SE LES PERMITA A LOS RECURRENTES LLEVAR ADELANTE TODAS ESTAS GESTIONES TAN IMPORTANTES A EFECTO DE MEJOR RESOLVER ESTA CAUSA.


Lugar y fecha.
Nombre, cédula y firma.

 

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